Cánones penitenciales
San Basilio señalaba dos años de penitencia por el hurto, siete por la fornicación, once por el perjurio, quince por el adulterio, veinte por el homicidio y toda la vida por la apostasía.Famosos son, entre otros, los dos antiguos penitenciales romanos, dados a luz, el uno por Antonio Agustín, en su epitome juris ecclesiastici veteris y el otro por Alitgario, Obispo Cameracense, el cual puede verse en Morino, al fin del tratado de sacramento pœenit.Los cánones penitenciales determinaban la penitencia que se debía imponer por cada especie de pecado, la cual era más o menos rigurosa, según la mayor o menor gravedad de los pecados.Se fijaba, pues, la penitencia, por días, por cuarentenas o por años: Cuando los penitentes no estaban en estado de ayunar, se les sometía, a juicio del confesor, a otras mortificaciones, oraciones y obras buenas.Además del ayuno estaban sujetos los penitentes a otras privaciones: así no les era permitido el uso del lino, el baño, los convites, ni aun el uso del matrimonio y a todos se les negaba la participación de los sagrados misterios hasta haber recibido la absolución después de cumplido el período de la penitencia.