Secretaría General de Gobierno de Nuevo León

Esta secretaría tiene su cargo la interacción con otras autoridades, estados y municipios; la atención del sistema penitenciario; la recuperación de espacios públicos; mantener la gobernabilidad, así como dar seguimiento a temas de corte social como los asuntos metropolitanos; la regulación territorial y los problemas agrarios.

Mantener una buena y cordial relación del Ejecutivo con el Gobierno Federal, sus Instituciones, otros Poderes del Estado, de los Municipios y Agentes Consulares de la Entidad.

Conducir los asuntos internos de orden político del Estado, no encomendados por la Ley a otras Secretarías, dependencias u organismos; II.

Prestar al Poder Judicial del Estado, cuando este lo requiera, el auxilio para el ejercicio de sus facultades y apoyar administrativamente, por delegación del Ejecutivo, las funciones de los Tribunales Administrativos a que se refiere esta Ley; VI.

Remitir al órgano competente los exhortos para su debida diligenciación, previa legalización, en aquellas materias que la Ley lo exija; VII.

Planear y ejecutar las políticas estatales en materia de población, en coordinación con las autoridades federales; XII.

Conocer, revisar y emitir opinión o dictamen respecto de consultas, contratos, convenios, iniciativas de ley, reglamentos, decretos, acuerdos, resoluciones y en general cualquier acto o documento con efectos jurídicos, así como de aquellos que, por su relevancia, la persona titular del Ejecutivo así lo encomiende; XXV.

Apoyar a los organismos electorales en el Estado en el ejercicio de sus atribuciones; XXXVI.

Los demás que le señalen las leyes, reglamentos y otras disposiciones legales aplicables.