El gobernador es la cabeza de la Administración Pública centralizada y paraestatal del estado.
El cargo solo es renunciable por causa grave, que deberá ser calificada por el Congreso Local.
En caso de muerte, destitución o renuncia, entraría como gobernador provisional del secretario general de Gobierno hasta que el congreso local nombre a uno sustituto o interino según sea el caso.
Si el gobernador electo no se presentara el día de toma del cargo, el cargo sería tomado provisionalmente por el presidente del Congreso de Nuevo León.
El gobernador puede elegir y remover libremente a sus secretarios, que son titulares de las diecisiete dependencias centrales del gabinete de Nuevo León, las cuales son las siguientes:[3]