El Salario base de cotización (S.B.C) es la cuenta, índice, medida con la que los patrones y sujetos obligados afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social, determinan las cuotas obrero patronales, mensuales y bimestrales que se pagan bajo el régimen obligatorio, con base a la ley del Seguro Social Vigente Los patrones y sujetos obligados están obligados a determinar el S.B.C.
Los salarios mínimos profesionales se crean mediante la reforma del Artículo 123 de la Constitución en 1962, misma con la que se creó la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami) y 111 Comisiones Regionales.
Tras la desaparición de las comisiones regionales, la Conasami tiene la facultad para estudiar, regular, determinar el aumento anual del salario mínimo; la comisión está conformada de forma tripartita, con una representación obrero/patronal, una dirección técnica y un presidente.
El Artículo 93 de la Ley Federal de Trabajo, exhorta a la asignación del Salario Mínimo Profesional, por lo que este es un punto importante para considerar en la determinación del Salario Base a los Trabajadores.
Es importante mencionar que el Salario Mínimo Profesional no se basa en el nivel escolar del trabajador, sino en las capacidades y habilidades necesarias para llevar a cabo una ocupación en específico.