Responsabilidad penal

Generan responsabilidad penal todas aquellas acciones humanas (entendidas como voluntarias) que lesionen o generen un riesgo de lesión a un bien protegido por el ordenamiento jurídico (por ejemplo: vida, integridad física, libertad, honor, orden público, etc.).

La responsabilidad civil, por su parte, busca resarcir al titular del bien jurídico lesionado, ofreciéndole una compensación económica por el daño que el hecho delictivo le provocó.

En ocasiones dichos conceptos se confunden, y sobre todo en el derecho anglosajón, dado que ambas responsabilidades pueden llevar a obligaciones pecuniarias.

[2]​ De este modo se superaba de forma definitiva el principio societas delinquere non potest, que había imperado desde el principio del siglo XX en los ordenamientos jurídicos herederos del derecho romano.

También la Unión Europea ha dictado diversas decisiones marco y directivas en que se reconoce la responsabilidad penal de las personas jurídicas.