Protocolo n.º 4 a la Convención Europea de Derechos Humanos

Fue parcialmente modificado por la entrada en vigor del Protocolo n.º 11 a la Convención Europea de Derechos Humanos.

Por tal motivo, los Estados que han ratificado el Convenio son libres de firmarlo o no.

El Protocolo n.º 4 añade una breve lista de cuatro nuevos derechos a la que recogía la Convención:[2]​[3]​ Artículo 1.

El Protocolo n.º 4 establece que toda persona que se encuentra en situación regular en un Estado tiene derecho a circular por él libremente y a escoger libremente su residencia dentro del mismo.

Igualmente reconoce la libertad para abandonar cualquier país, incluido aquel del que se es nacional.

A continuación establece las causas por las que el derecho puede ser restringido, siempre mediante previsión legal.

Muro de Berlín . Una de las libertades que proclama el protocolo es la de circulación .
Centro para el traslado de inmigrantes ilegales en el Reino Unido . El Protocolo n.º 4 prohíbe las expulsiones colectivas de extranjeros .