Llevaba además pendiente el sello real en plomo y fueron instituidos estos privilegios por el rey Fernando I en 1038.
[1] Un privilegio es una ventaja concedida a una persona o corporación sobre la ley común de que disfrutan los demás o también, gracia o perrogativa, que concede el superior, exceptuando o libertando, a uno de una carga o gravamen o concediéndole una exección de la que no gozan otros y los antiguos reyes de España tenían para sí muchos privilegios y podían otorgarlos a los demás, en cuyo caso, además de las firmas reales llevaba la del alférez mayor de Castilla.
Ejemplo: «habiendo firmado el emperador Carlos V un privilegio, le advirtieron que era contra justicia».
En la cancillería real la primera vez que se constata su uso será en 1158 en León, durante el reinado de Fernando II, y en 1165 en Castilla, durante la minoría de Alfonso VIII.
Pero, mientras en el ámbito episcopal su uso decae rápidamente, para el siglo XII, en la cancillería real se sigue utilizando de forma permanente.