Principio protector

El derecho laboral tiene una clara vocación de tutela y protección del más débil, el trabajador.

El principio protector, llamado también principio tuitivo, proteccionistas o de favor, se fundamenta en la falta de libertad inicial y consecuente del trabajador.

Para este contenido tutelar el legislador dispone de un estatuto protector del trabajador, como normas de orden público, que establece mínimos irrenunciables, en materia de remuneraciones, higiene y seguridad, descansos, capacidad laboral, feriado, término de contrato, etc. Se trata del derecho individual del trabajo.

En todo caso, esta protección no es absoluta, pues el derecho laboral requiere que la empresa pueda funcionar económicamente, por tanto la protección siempre tiene en cuenta la continuidad y el lucro del empleador.

Esta protección flexible está muy presente en nuestra legislación, a través de diversas normas que directamente benefician al empleador, que incluso no podrían fundamentarse desde una óptica contractual, tales como: Es un delicado equilibrio que ha establecido nuestro legislador