Es un principio interpretativo de Derecho laboral, que podría traducirse como "ante la duda a favor del operario o trabajador".
Este principio jurídico implica que tanto el juez como el intérprete de una norma debe, ante una duda de interpretación, optar por aquella que sea más favorable al trabajador.
Las condiciones para poder aplicar esta regla son: Este criterio responde al sentido en sí mismo del derecho laboral, que difiere del objetivo del derecho común, mientras que este apunta a establecer igualdad entre los contratantes, el derecho laboral apunta a proteger al trabajador, por ser la parte más débil en cuanto a la negociación.
También puede ocurrir que el trabajador quiera irse de la empresa, comunicarle al empleador su renuncia, pero no dejar constancia por escrito de ello, y luego reclamar el despido.
La empresa envía un telegrama de reintegro el mismo día de la audiencia, el dilema es si ese telegrama es o no válido para configurar ánimo resolutorio del reclamante.