Poder Judicial de Brasil
El Poder Judicial está regulado por la Constitución Federal (la actual es de 1988) en los artículos 96 a 126.Teniendo en vista que las normas jurídicas solo son válidas si se conforman a la Constitución Federal, el ordenamiento jurídico brasileño establece un mecanismo para evitar que los actos legislativos y administrativos contraríen las reglas o los principios constitucionales.La Constitución Federal adopta, para el control de constitucionalidad, un sistema difuso (todos los órganos del Poder Judicial pueden ejercelo en sus decisiones, siendo válidas solo para los casos concretos que aprecian), aunque reconoce un sistema concentrado en algunos casos (ciertas autoridades o cargos públicos poseen la prerrogativa de invocar la inconstitucionalidad de una ley o acto normativo, federal o estadual, ante el Supremo Tribunal Federal, por medio de la acción directa de inconstitucionalidad; en ese caso, la decisión favorable ataca la ley o acto normativo en cuestión).Le compete, entre otras tareas, juzgar las causas en que está en juego una alegación de violación de la Constitución Federal, que hace al apreciar una acción directa de inconstitucionalidad o un recurso contra una decisión que, se ha alegado, viola en lo dispositivo la Constitución.Los TRFs deciden en grado de recurso las causas apreciadas en primera instancia por los Jueces Federales.Los TREs deciden en grado de recurso las causas apreciadas en primera instancia por los Jueces Electorales.La composición de la Justicia Electoral es sui generis, puesto que sus integrantes son escoGidos entre jueces de otros órganos judiciales brasileños (inclusive estaduales) y sirven por tiempo determinado.En Brasil, la Constitución Federal organiza la Justicia Militar tanto en los Estados como en la Unión.Un TJ decide en grado de recurso las causas apreciadas en primera instancia por los Jueces Estaduales.