[1] Finalmente, sólo en 2001 se excluyó explicitamente la ejecución de la Ley Fundamental vaticana.
[1] Anteriormente los Estado Pontifícios, predecersor de la Ciudad del Vaticano como estado teocrático católico gobernado por el papa, contemplaron y aplicaron la condena a muerte para diversos otros casos diferentes del intento de asesinado del líder, incluyendo la expresión de posiciones filosóficas o religiosas no aceptadas por dicha entidad estatal.
[3] El papa Inocencio III dijo a Pedro Valdo y a los valdenses que aceptaran que el «poder secular puede, sin pecado mortal, ejercer el juicios de sangre, siempre que se castigara motivado por la justicia, no por el odio, con prudencia y sin precipitación» como prerrequisitos para la reconciliación con la Iglesia.
[3] Durante la Edad Media y en los inicios de la Edad Moderna, la Inquisición fue autorizada por la Santa Sede para que entregara a los herejes a la autoridad secular para su ejecución y los Estados Pontificios llevaron a cabo ejecuciones por diferentes delitos.
[3] Los doctores de la Iglesia Roberto Belarmino y Alfonso de Ligorio, así como teólogos modernos como Francisco de Vitoria, Tomás Moro y Francisco Suárez, continuaron con la tradición; el papa Pío XII redactó un escrito que entregó a los expertos médicos sobre el tema.