[1][2][3] También es la denominación específica que recibe el prepósito eclesiástico en ciertas comunidades religiosas.
Era un canónigo nombrado por el arzobispo para representarlo en la jurisdicción civil y criminal que tenía sobre los habitantes de una villa.
Cuando el pavorde había determinado venir a tomar posesión mandaba al alcalde, cargo que era de su nombramiento exclusivo, que hiciera pregonar el acto por todos los lugares acostumbrados de la villa a fin de que todos comparecieran, como era costumbre, en el lugar fijado.
El pavorde juraba observar los privilegios y las costumbres de la villa.
Algún pavorde tomó posesión por medio de representante o procurador suyo.
El ceremonial que se observaba en este caso, más o menos, era idéntico.