En España, un partido judicial es una unidad territorial para la administración de justicia, integrada por uno o varios municipios limítrofes y pertenecientes a una misma provincia.
La primera división que se hizo en la península ibérica por razones judiciales sería durante el Imperio romano.
Los habitantes podían acudir a uno u otro conventus en función de su conveniencia y la distancia que les separara, por eso los límites estaban poco claros.
[3] En 1834 se contabilizaban en España, exceptuando las provincias forales,[nota 1] un total de 451 partidos judiciales.
Hoy en día Ceuta sigue manteniendo el código 12 en su partido judicial, y Melilla el 8.