Organización municipal de la provincia de Entre Ríos
En la provincia de Entre Ríos en Argentina el régimen municipal es ejercido por gobiernos locales denominados municipios.Existen también gobiernos locales que no tienen esa categoría y son llamados comunas y centro rurales de población (o juntas de gobierno).Para 1906 eran municipios: Paraná, Concordia, Concepción del Uruguay, Gualeguaychú, Gualeguay, y Victoria; eran comisiones municipales: La Paz, Federación, Diamante, Rosario del Tala, Nogoyá, Villaguay, Colón, y San José de Feliciano; y eran juntas de fomento: Villa Libertad, Villa San José, y Villa Federal.Estos podían ser elevados a la 1° categoría mediante una ley que además los declaraba ciudad (dejando de ser villas) al superar los 5000 habitantes.Aquellos que superen los 10 000 habitantes podrán sancionar una carta orgánica en uso de su autonomía.[10] En esa reforma constitucional fue consagrada la autonomía municipal y se creó la figura de las comunas.La constitución establece que deben tener un órgano ejecutivo y otro deliberativo.[11] La ley n.° 10027 puso en vigencia la autonomía municipal, pero los municipios no pueden convocar a convenciones que redacten sus cartas orgánicas hasta que esa reforma constitucional sea reglamentada.b) A los Municipios que no hayan dictado sus propias Cartas Orgánicas, estando habilitados para hacerlo por el Artículo 231º de la Constitución Provincial.Los Municipios con más de diez mil habitantes podrán dictar sus propias Cartas Orgánicas, las que deberán observar lo dispuesto por los Artículos 234º y 236º de la Constitución, Provincial, y asegurar como contenido mínimo lo dispuesto por el Artículo 238º de la Constitución Provincial.Los Municipios estarán gobernados por dos Poderes: uno ejecutivo y otro deliberativo, cuyas autoridades serán designadas por elección popular directa.En el Anexo I del decreto se listó las 34 comunas de 1.° categoría que fueron reconocidas por el Gobierno provincial: La Picada, Sauce Montrull, Estación Sosa, Aldea Santa María, El Palenque, Paraje Las Tunas, Puerto Curtiembre (las 7 del departamento Paraná); El Solar, Colonia Avigdor (las 2 del departamento La Paz); Aldea Protestante, Las Cuevas, Aldea Spatzenkutter, Colonia Ensayo, Gobernador Racedo (las 5 del departamento Diamante); 6to.Por decreto n.º 248/2019 MGJ se dispuso revocar la declaración de comuna para Faustino M. Parera y para Aldea Santa Rosa en razón de un pedido del tribunal electoral, ya que no han sido delimitados sus circuitos electorales.Se dispuso la creación ad referendum de la Legislatura provincial de 14 comunas de 1.ª categoría (Aldea Santa Rosa, Arroyo del Medio El Gramiyal<*>, Arroyo Corralito, Chañar, Eigenfeld Merou<*>, Estación Raíces, Estación Yeruá, Estación Yuquerí, Gualeguaycito, La Verbena, Lucas Norte, Médanos y San Pedro) y 14 comunas de 2.ª categoría (Aldea San Rafael, Antonio Tomás, Arroyo Clé, Betbeder, Clodomiro Ledesma, Colonia Baylina, Colonia Hocker, Colonia Tunas, Estación Camps, Faustino M. Parera Pastor Britos<*>, General Almada, Laguna del Pescado, Puerto Algarrobo y Sir Leonard), creadas a partir de 38 centros rurales de población/juntas de gobierno.Serán designados vocales comunales comisionados hasta que sus miembros puedan ser elegidos en la siguiente elección provincial.Algunas de esas áreas comparten circuito electoral con municipios, comunas o juntas de gobierno, mientras que otras comprenden un circuito electoral propio.