Organismo Ejecutivo

Está compuesto por el Presidente de la República, el Vicepresidente de la República, los Ministerios de Estado, las Secretarías de la Presidencia y Vicepresidencia, las gobernaciones departamentales, las dependencias y entidades públicas descentralizadas, autónomas y semi-autónomas correspondientes a este organismo.

El Presidente y el vicepresidente son elegidos por un período improrrogable de cuatro años por medio del sufragio universal y secreto.

El presidente de la República es el encargado de sancionar, promulgar y cumplir las leyes nacionales y de hacerlas cumplir, las cuales son creadas y aprobadas por el Congreso de la República y que son hechas respetar por la Corte Suprema de Justicia.

Según el capítulo 3 del ORGANISMO ejecutivo la Ley del Organismo Ejecutivo establece que dentro del marco de las funciones y atribuciones constitucionales y legales de los órganos que lo integran, complete al Organismo Ejecutivo el ejercicio de la función administrativa y la formulación y ejecución de las políticas de gobierno con las cuales deben coordinarse las entidades que forman parte de la administración descentralizada.

El Organismo Ejecutivo se organiza según el artículo 5 de la Ley del Organismo Ejecutivo, de la siguiente forma: Gobierno de Guatemala