En la Ley 21/1992 de Industria[1] de España se define del modo siguiente:La especificación técnica de aplicación repetitiva o continuada cuya observancia no es obligatoria, establecida con participación de todas las partes interesadas, que aprueba un Organismo reconocido, a nivel nacional o internacional, por su actividad normativa.Contienen especificaciones técnicas de aplicación voluntaria, en contraposición con los requisitos establecidos en leyes o reglamentos publicados por las Administraciones Públicas, que pueden ser obligatorios para determinados fines o situaciones.
No obstante, en ocasiones la administración emplea el término norma para hacer referencia a sus publicaciones, aunque no se correspondería en ese caso con el concepto de este artículo.
Las normas establecen un equilibrio socioeconómico entre los distintos agentes que participan en las transacciones comerciales, base de cualquier economía de mercado, y son un patrón necesario de confianza entre cliente y proveedor.
Los países editan sus normas nacionales, que pueden ser adopción de otras internacionales o regionales.
A continuación, algunos ejemplos: A nivel internacional o regional, existen varios organismos de normalización, formados generalmente por los organismos nacionales.