Nacionalidad brasileña

Brasil es un estado miembro del Mercosur y un estado asociado de la Comunidad Andina, por lo tanto, todas las personas que sean titulares de un pasaporte brasileño o una cédula de identidad brasileña tienen derecho a circular, trabajar y vivir libremente sin necesidad de un visado en cualquier país de América del Sur, excepto Surinam y Guyana.

Al igual que otros países latinoamericanos, Brasil establece los parámetros reguladores de la nacionalidad en su Constitución, lo que no ocurre —por ejemplo— en la mayoría de las naciones europeas, cuyas reglas de nacionalidad son abordadas detalladamente en leyes y decretos ad hoc.

La Constitución vigente, con la modificación del concepto de nacionalidad de la enmienda constitucional de revisión número 3 del 7 de junio de 1994, trata la nacionalidad en su artículo 12, cuyo primer ítem está redactado de la siguiente manera: I - por nacimiento: II - naturalizados: La naturalización está también regulada por otros textos legales, que imponen requisitos de carácter práctico al ciudadano extranjero que tenga intención de hacerse brasileño, como ser residente permanente y tener idoneidad moral.

La Constitución prohíbe la distinción legal entre brasileños por nacimiento y naturalizados, excepto en los casos en ella previstos: El artículo 12, párrafo primero, de la Constitución Federal otorga a los portugueses con residencia permanente en Brasil los derechos inherentes al brasileño, excluidas las prerrogativas constitucionales de brasileño nato.

Los portugueses pueden requerir la igualdad de tratamiento en lo que respecta a derechos civiles; pueden, además, solicitar que les sean concedidos derechos políticos análogos a los del brasileño (excepto los privativos de brasileño nato).