Matrimonio entre personas del mismo sexo en Guatemala

El matrimonio entre personas del mismo sexo en Guatemala es una institución social de carácter civil que no tiene reconocimiento jurídico en ese país.

[1]​[2]​[3]​ El matrimonio en Guatemala está regulado por el Código Civil de ese país que a la letra dice en su artículo 78:

En las disposiciones de la misma ley respecto a la validez, duración y quienes pueden acceder a las uniones matrimoniales en territorio guatemalteco se usan los términos de «varón» y «mujer».

[2]​Dicha descripción podría modificarse hacia «contrayentes» con el fin de permitir derechos igualitarios a personas del mismo sexo como fue establecido en la Opinión Consultiva 24/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, modificación que podría conseguirse mediante la Corte Constitucional del país.

En 2022 existió una polémica por el impulso que dio el entonces presidente Alejandro Giammattei —de posición política de derecha y conservadora— a la llamada «Ley para la Protección de la Vida y la Familia» o proyecto 5272,[5]​ misma que buscaba, entre otros aspectos, prohibía expresamente el matrimonio entre personas del mismo sexo, criminalizaba el aborto y la pretensión de declarar a la ciudad de Guatemala como «capital provida».

Situación legal de las uniones entre personas del mismo sexo en América Central y el Caribe

Matrimonio Otro tipo de unión Convivencia no registrada Sin reconocimiento Matrimonio prohibido para parejas del mismo sexo País sujeto al pronunciamiento OC 24/17 de la CIDH Actividad LGBT ilegal , sin detenciones de facto