Ley de Comuna Autónoma

Esta ley permitía a los municipios una total independencia del poder ejecutivo, se le otorgaron facultades a los municipios mucho más amplias, incluidas las antiguas facultades que tenían los gobernadores de departamentos.

Además, existían los regidores supernumerarios, que se elegían uno más por cada 10 000 habitantes cuando las poblaciones superaban las 20 000 personas.

Este modelo que funcionó muy bien en Europa no tuvo el mismo resultado en Chile, debido a la poca cultura política existente, la falta de fondos para hacer efectivo el rol de las Asambleas Electorales y principalmente, porque el modelo facilitaba a unos pocos caudillos terratenientes nombrar los alcaldes y regidores, así como los cargos de otros empleados, concentrando así el poder local en verdaderos feudos locales.

Tal facultad fue duramente combatida por los opositores, estallando dos rebeliones (la primera en 1851 y la segunda en 1859).

En el año 1891, los sectores políticos que se encontraban fuera del círculo del gobierno se sublevaron contra el presidente José Manuel Balmaceda en la denominada Revolución de 1891 e instauraron en Chile un régimen de tipo parlamentarista.