Inicialmente, esta ley establecía la aplicación del juicio sumario con ciertas modificaciones para resolver disputas relacionadas con arrendamientos.
Por ejemplo, el artículo 231 del Código de Minería establece que las acciones relacionadas con concesiones mineras se tramitarán conforme al procedimiento sumario[2].
Naturalmente, también deberá cumplir con los requisitos comunes a todo escrito y las reglas de comparecencia en juicio.
Una vez que la demanda ha sido deducida, el tribunal citará a una audiencia el quinto día hábil después de la última notificación.
En algunos casos, esta última notificación puede corresponder al demandante, especialmente cuando los tribunales han omitido notificarle mediante el estado diario.
La Corte Suprema elabora una tabla de plazos cada cinco años, en noviembre del año anterior a su aplicación.
Una vez que el demandado ha presentado su defensa, el tribunal debe llevar a cabo el ofrecimiento de conciliación obligatoria.
A esta audiencia deberá concurrir el defensor público cuando la ley así lo exija o cuando el tribunal lo considere necesario.
Esto busca garantizar el derecho a defensa en casos donde el demandado no cuenta con representación legal y su intervención es indispensable para proteger sus intereses.
Sin embargo, aquellos que no sean notificados formalmente pueden igualmente asistir si tienen conocimiento del proceso por otros medios.
Si lo hace, el tribunal citará a una nueva audiencia, en la cual se seguirá el mismo procedimiento descrito en el artículo anterior.
Es importante destacar que, aunque el demandado presente oposición, el cumplimiento provisional de lo decretado no se suspende.
Si el demandado no presenta oposición dentro del plazo establecido, el tribunal deberá decidir entre dos alternativas, según lo estime conforme a derecho.
Esta opción se adoptará cuando existan aspectos que requieran ser demostrados antes de dictar sentencia.
Esto implica que el juez procederá directamente a fallar la causa sin necesidad de una etapa probatoria.
Cuando el tribunal decide recibir la causa a prueba, la rendición de esta deberá realizarse en el plazo y la forma establecidos para los incidentes.
En términos procesales, esto significa que se aplican las reglas generales sobre la prueba en los incidentes, reguladas en el Código de Procedimiento Civil.
Esto genera un conflicto, ya que podrían coexistir dos plazos fatales distintos, obligando a presentar la lista de testigos antes de conocer con certeza cuáles son los hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, dado que la reposición podría modificar estos aspectos.
En cambio, en el Nuevo Sistema Procesal Penal (NSPP), este grado de competencia no se aplica con la misma amplitud, ya que la sentencia condenatoria solo puede referirse a lo contenido en la acusación.
En caso contrario, se debe reabrir el debate para que los intervinientes puedan pronunciarse sobre la nueva calificación jurídica[2].
Por otro lado, todas las demás resoluciones dictadas dentro del juicio sumario, incluida aquella que accede provisionalmente a la demanda, son apelables únicamente en el efecto devolutivo.
De esta manera, el tribunal superior podrá revisar íntegramente el fondo del asunto y emitir una resolución que abarque todos los puntos que fueron discutidos en la primera instancia, evitando así la omisión de materias relevantes para la correcta decisión del caso.