Intención genocida

La intención genocida es la mens rea (el elemento mental) del delito de genocidio.

[2]​ Existe un «debate sobre la intención» no resuelto acerca de si el dolo directo (es decir, que el autor cometió el acto con conocimiento de sus consecuencias perjudiciales y con el deseo de causar ese daño) debe probarse para condenar por genocidio, o si un criterio basado en el conocimiento debería bastar para condenar por genocidio.

Algunos académicos sostienen que un criterio basado en el conocimiento facilitaría la obtención de condenas.

[17]​ La absolución de Jelisić en virtud del criterio más oneroso fue controvertida, y un académico opinó que los nazis habrían quedado en libertad en virtud de la sentencia del TPIY.

Cuando Radislav Krstić se convirtió en el primer serbio condenado por el TPIY en virtud del criterio basado en la finalidad, el tribunal de Krstić explicó que su decisión no descartaba un criterio basado en el conocimiento en virtud del derecho internacional consuetudinario (costumbre internacional).