Abraham, Isaac y Jacob son referidos como los tres patriarcas del pueblo de Israel.
La palabra patriarca proviene del griego antiguo: πατήρ ἄρχων (patèr àrchon) que se traduce padre-jefe con el significado de padre o jefe de familia.
Pero en esa etapa el patriarca era un título honorífico que se le podía dar a cada obispo.
Gradualmente -desde el siglo VIII y IX- el término se convirtió en un título oficial, usado solo para denotar un determinado nivel de la jerarquía, al obispo jefe que presidía a los metropolitanos como los metropolitanos presidían a sus obispos sufragáneos, quedando sujetos únicamente al primer patriarca, el de Roma.
Los cánones más antiguos solo admiten tres patriarcas: los obispos de Roma, Alejandría y Antioquía.
El Concilio de Calcedonia estableció a Constantinopla como un patriarcado con jurisdicción sobre Asia Menor y Tracia y le dio el segundo lugar después de Roma.
El papa León I (440-461) rechazó ese canon, que había sido aprobado en ausencia de sus legados.
[3] Según el CCEO, un patriarca es un obispo que tiene poder sobre todos los obispos, incluyendo metropolitanos, y otros fieles cristianos de la Iglesia que él preside (c. 56), cuyo título es personal e indelegable (c.
Con el consentimiento del sínodo patriarcal, y luego de consultar al papa, el patriarca puede dentro del territorio propio de su Iglesia, establecer provincias y eparquías, modificar sus límites, unirlas, dividirlas, suprimirlas, modificar su estatus jerárquico o transferir una sede eparquial (c. 85-1).
Con el consentimiento del sínodo patriarcal puede nombrar obispos coadjutores y auxiliares (c. 85-2).
En su propia eparquía, en monasterios exentos y en otros lugares del territorio propio de la Iglesia en donde ninguna eparquía ni exarcado está establecido, el patriarca tiene los mismos derechos y obligaciones que un obispo eparquial (c. 101).
Un patriarca puede nombrar un procurador ante la Santa Sede con el asentimiento del papa (c. 61).
El patriarca, con el consentimiento de uno de los sínodos, debe convocar a una asamblea patriarcal al menos cada 5 años (c. 141), a la cual pueden ser convocados obispos, clérigos y laicos para exponer sobre lo que se les consulte (c. 143).