Guarda particular del campo
Este Decreto de Fernando VI crea y regula al Guarda Rural que su trabajo es con cargo al erario público colectivos que tienen la consideración de Administración.Punto sexto: Los Guarda de montes, campos y sembrados jurados o confirmados por la Administración.En la Ley 1/1970 De Caza y Pesca ESTATAL en su artículo 40.2) Las personas y entidades que ejerzan funciones de vigilancia, seguridad o custodia referidas a personal y bienes o servicios de titularidad pública o privada tienen especial obligación de auxiliar o colaborar en todo momento con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.En la actualidad, estos profesionales están inspeccionados y controlados por la Guardia Civil, sus funciones han ido adaptándose a los tiempos y legalmente podrán prestar servicios de seguridad en: plantas fotovoltaicas, parques eólicos, bodegas, granjas animales, montes públicos o privados, campings, hípicas, cooperativas agrícolas, Ayuntamientos y administración pública y en general las fincas rústicas y toda instalación que se encuentre en ellas.El Guarda Rural es el único cuerpo según la ley 5/2014 de seguridad privada, junto a sus especialidades, que puede ejercer su actividad de forma autónoma sin pertenecer a ninguna empresa de seguridad, contratado por la administración pública, o directamente contratado particularmente, como viene reguladas en la leyes.Prácticas de campo en finca natural o fluvial.