Una vez finalizados sus estudios universitarios, el graduado social se incorpora obligatoriamente, si pretende ejercer como tal, al colegio profesional donde se encuentre ubicado su despacho profesional.
Entre sus principales competencias, asisten en representación ante los juzgados y tribunales del orden Social en todos aquellos asuntos que les encomienden empresas, trabajadores, pensionistas, sindicatos, corporaciones, etc. Como graduado social, confecciona mensualmente las liquidaciones a la Seguridad Social que realizan las empresas y tramitan y asesoran todos los expedientes de jubilación, incapacidad, viudedad, orfandad, prestaciones en favor de familiares y todas aquellas otras que se realizan ante la Seguridad Social.
Por ello, el graduado social, al igual que otros profesionales jurídicos (abogados y procuradores) está facultado legalmente para ostentar la representación procesal en juicio; aplica sus conocimientos técnicos en la ciencia del derecho laboral y social, responde a los dictámenes ajenos y se sitúa a favor de los derechos de su representado patrocinándolo, argumentando, alegando, protegiéndolo, mediando, haciendo uso del derecho, pidiendo y postulando en la controversia ante el juez o tribunal.
Realiza, en definitiva, la auténtica dirección técnica del pleito en el orden jurisdiccional social.
- SERVICIOS TRABAJADORES: Asesoran a los trabajadores y les representan ante la Administración o juzgados en reclamación de derechos, cantidad, despidos, prestaciones, etc. - SERVICIOS A INSTITUCIONES, ORGANIZACIONES, ENTIDADES, etc. en materia laboral y de Seguridad Social, fiscalidad, etc. Como laboralista, su función ante la justicia es procesal en todos los trámites del procedimiento.
Al comenzar a impartirse en las universidades el nuevo título de Graduado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos o Graduado en Ciencias del Trabajo y Recursos humanos, los colegios profesionales optaron por seguir llamándose Colegios Oficiales de Graduados Sociales, dando cabida en ellos a estos nuevos graduados universitarios, cuyas competencias profesionales son muy similares a las de los Graduados Sociales; se ha decretado su equivalencia académica, pasando a distinguir entre la titulación universitaria y la profesional, al igual que sucede en la abogacía, por ejemplo, donde el título académico es el de Graduado en Derecho pero el profesional es el de abogado.
En este sentido, el gradudo social Don Diego Jesús Romero Salado realiza un análisis de la representación técnica, afirmando que lleva implícita la asistencia técnica, basándose en las propias formulaciones de los grupos parlamentarios, cita el Boletín Oficial de las Cortes Generales (Senado) núm.
En el ámbito de la docencia privada, las mismas especialidades y categorías por analogía con las que se imparten en la enseñanza pública y además en academias que se dedican a la preparación de ayuda al estudio o para la preparación del acceso a la función pública en aquellas materias propias del derecho del trabajo y de la Seguridad Social, la negociación colectiva, migraciones, autónomos, organización y derecho administrativo, salud laboral, etc. Ni que decir tiene, la buena acogida que puede tener un graduado social en los sindicatos, asociaciones profesionales y empresariales y, cooperativas; en materia tanto para impartir cursos como para la programación y organización de los mismos en todas las materias aludidas así como en materia de derecho sindical, de sociedades o de cooperativismo.
La nueva Ley, en línea de simplificar las cosas al respecto, permite generalizadamente el apoderamiento apud-acta; y en el proceso laboral, la representación por graduado social colegiado ya prevista en la LPL.).
En esta misma reforma se incluyen en las costas procesales derivadas del Recurso los honorarios de los Graduados Sociales.