Gabinete (España)

El papel principal de estos órganos es proporcionar asesoramiento y apoyo en la ejecución de las tareas políticas y parlamentarias de estos funcionarios, así como en sus relaciones con diversas instituciones y la organización administrativa.

[1]​ Aunque desempeñan un papel significativo en la administración, los Gabinetes y sus miembros no tienen la facultad de tomar decisiones, que legalmente corresponden a los órganos de la Administración General del Estado o de las organizaciones afiliadas.

[1]​ Los Directores de los Gabinetes cesan automáticamente cuando cesa el titular del cargo del que dependen, aunque en el caso de un Gobierno en funciones, estos directores continuarán en su cargo hasta la formación del nuevo Gobierno.

[1]​ El personal, tanto funcionario como no funcionario, que se incorpora a estos Gabinetes tiene derecho a diversas protecciones y beneficios según su legislación específica, como la reserva del puesto y antigüedad, y puede optar por permanecer en servicio activo en su Administración de origen.

[1]​ Además de los gabinetes mencionados, es común dentro de la Administración española que los órganos con rango de Subsecretaría posean un Gabinete Técnico, un órgano con funciones similares a los anteriores pero formados por funcionarios y con tareas puramente técnicas.