La función social de la propiedad es un concepto jurídico que limita el carácter absoluto y exclusivo del derecho de propiedad -de inspiración liberal e individualista- y lo sujeta al bien común.
Su surgimiento data de comienzos del siglo XX, ligado a la problemática de la "cuestión social" y su emergente el Derecho obrero, también conocido como Derecho social.
La socialdemocracia, el peronismo y la doctrina social de la Iglesia han incorporado la noción a sus concepciones.
El Código Civil argentino (1871), por ejemplo, incluía textualmente los derechos del propietario a "desnaturalizar, degradar o destruir" la cosa (art.
[3] Duguit sostiene que en una sociedad todas las personas tienen la obligación de contribuir y desempeñar una función.