Fondo Solidario de Crédito Universitario

Está pensado para aquellos alumnos matriculados en la educación superior que no pueden financiar sus estudios y que debido a sus resultados en la Prueba de Selección Universitaria, ameritan la obtención del beneficio.Sus principales características fueron las siguientes: la deuda se traduciría a Unidades Tributarias Mensuales, esta deuda se cancelaría en 10 cuotas anuales si esta no excede las 40 UTM en caso de una deuda mayor a este monto, las cuotas oscilarían entre 11 a 15, el interés devengado sería de un 1%.[2]​ Los fondos anuales para el crédito quedaron supeditados desde un comienzo a las variaciones del IPC multiplicadas por un factor progresivo que aumentaba estos recursos cada año.Para asignar estos recursos se requirió de una evaluación socioeconómica y se basaba en los siguientes aspectos fundamentales: ingreso por grupo familiar, la cantidad de personas integrantes de dicho grupo, las personas que se encontraban estudiando y el lugar de residencia del grupo, todo esto para lograr cierta igualdad en su asignación, así lo destaca la norma: El primer crédito se mantendría hasta 1986, cuando por medio de la ley Nº18.591 se modifica, pasando a denominarse Crédito Universitario con similares características en su interés y reajuste, cambiando la forma de pago, es así como los beneficiarios debían cancelar en cuotas anuales pagaderas, durante un periodo no mayor a los años en que se obtuvo el crédito.Los requisitos del FSCU son los siguientes:[4]​ Los alumnos que no hayan obtenido un monto igual al arancel de referencia, tienen la instancia de apelación al Fondo Solidario de Crédito Universitario con el fin de aumentar el beneficio; siempre y cuando se encuentre en una de las siguientes condiciones:[5]​ Estos trámites se deben realizar en la institución correspondiente, en los fechas determinadas para cada proceso de apelación.