[3] El fideicomiso es, por tanto, un contrato por el cual una persona llamada fideicomitente destina ciertos bienes a un fin lícito determinado, encomendando la realización de ese fin a una institución fiduciaria que en determinado tiempo o una vez cumplida la condición impuesta por el otorgante del patrimonio, deberá entregar al beneficiario o fideicomisario determinado los frutos o productos que haya generado la actividad.
El rol del fiduciante, como impulsor de los actos que han de llevar a la constitución del fideicomiso, consiste en: El fiduciante o fideicomitente es la parte que transfiere a otra bienes determinados, es el promotor e impulsor del fideicomiso y aporta la dotación de bienes que le confieren sustancia.
Tiene que poseer el dominio pleno de los bienes dados en fideicomiso.
El fiduciario es la parte a quien se transfieren los bienes, y que está obligada a administrarlos con la prudencia y diligencia propias de una buena persona de negocios (administrar lo ajeno como propio), que actúa sobre la base de la confianza depositada en él.
Pero puede ocurrir que no sea la misma persona, puede ser un tercero o el propio fiduciante.
Fideicomiso Mercantil: El fideicomitente transmite a una institución fiduciaria la propiedad o la titularidad de uno o más bienes o derechos según sea el caso para ser destinados a fines lícitos y determinados encomendados la creación de dichos fines a la propia institución fiduciaria.
Los fines más comunes de los fideicomisos son: Una considera la realización de sus objetivos al vencimiento del plazo o al cumplirse la condición según el contrato.