Carlos Gómez murió al año siguiente sin que se hubiera hecho caso a su testamento vital.
[8] En 1986, la Ley General de Sanidad aprobada ese año permitió a los pacientes rechazar un tratamiento solicitando el alta voluntaria.
En 1993 Sampedro, tetrapléjico desde 1969, hizo público su deseo de que le ayudaran a morir.
En la grabación volvió a reiterar su deseo de morir y también quedó registrada la agonía que padeció tras tomarse el veneno.
La policía detuvo a Ramona Maneiro, pero la tuvo que dejar libre por falta de pruebas.
Siete años después, cuando el delito había prescrito, Ramona Maneiro relató todo lo sucedido.
[8] En 2004 se estrenó la película Mar adentro, dirigida por Alejandro Amenábar y protagonizada por Javier Bardem en el papel de Ramón Sampedro.
[11] Cuatro años después, en octubre de 2006, Inmaculada Echevarría, que padecía una distrofia muscular progresiva desde hacía 22 años, pidió acogerse a la ley pero el hospital de Granada donde se hallaba ingresada, de titularidad religiosa, se negó a sedarla o a desconectar el respirador que le permitía seguir con vida.
[8] Posteriormente, hasta once comunidades autónomas aprobaron leyes para los enfermos terminales, en las que se reconocía su derecho a renunciar a un tratamiento y recibir una sedación terminal, o sedación paliativa, que consiste en suministrar la medicación necesaria para controlar los síntomas refractarios del paciente en la agonía, o sea, los que no se pueden controlar con los tratamientos habituales, aunque estos fármacos le acorten la vida.
Esta terapia se considera una buena práctica médica y es accesible también en las comunidades que no tienen una ley específica sobre el asunto.
[16][8] Tras asistir en el suicidio Ángel Hernández se entregó a las autoridades, abriéndose posteriormente un juicio en su contra.
[19][20] Obtuvo 198 votos a favor (PSOE, Unidas Podemos, BNG, ERC, Junts per Catalunya, Más País, Bildu, PNV, Nueva Canarias, Coalición Canaria, CUP, Ciudadanos), 138 en contra (PP, Vox, UPN) y 2 abstenciones.
[1] Sectores católicos encabezados por la Conferencia Episcopal Española mostraron su oposición a la ley de la eutanasia.
Todo el procedimiento se enmarca dentro del sistema público de salud, a la vez que el mismo sistema de salud tiene que garantizar este derecho a quien lo desee y cumpla los requisitos.
[37]Justamente, por ser considerada la eutanasia una prestación sanitaria y la muerte resultante un fallecimiento natural, esta práctica no puede ser interrumpida por la jurisdicción de lo penal.
[38] Anteriormente, la eutanasia estaba penada con cárcel tal y como establecía el artículo 143 del Código Penal Español de 1995.
[39] Sin embargo, existían distintas normativas en cada comunidad autónoma que hacían referencia a los derechos de las personas en una situación terminal.
Una vez presentada la solicitud por escrito, el médico tiene 48 horas para hablar con la persona y registrarla para pasar a formar parte del programa de muerte asistida (PRAM).