[2] El delito de enriquecimiento ilícito se configura como un instrumento que puede ser eficaz para hacer frente a la corrupción política.
Existen bastantes voces discordantes con este delito porque puede vulnerar derechos humanos al invertir la carga de la prueba del origen de los bienes que incrementan el patrimonio del empleado público debiendo este acreditar la procedencia lícita.
El delito de enriquecimiento ilícito se incorporó por primera vez en Argentina e India en 1964.
No obstante, por sentencia judicial, se declarará extinguido el dominio sobre los bienes adquiridos mediante enriquecimiento ilícito, en perjuicio del Tesoro Público o con grave deterioro de la moral social.
El artículo 327 en relación con el Enriquecimiento ilícito de particulares establece: “El que de manera directa o por interpuesta persona obtenga, para sí o para otro, incremento patrimonial no justificado, derivado en una u otra forma de actividades delictivas incurrirá, por esa sola conducta, en prisión de seis a diez años y multa correspondiente al doble del valor del incremento ilícito logrado, sin que supere el equivalente a cincuenta mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.”.