Anexo:Embajadores de España en Irak

El embajador español es nombrado en Consejo de Ministros.

Asimismo, informa al Gobierno Español sobre la evolución de los acontecimientos en Irak, negocia en nombre de España, puede firmar o ratificar convenios, observa el desarrollo de las relaciones bilaterales en todos los campos y se asegura de la protección de los intereses españoles y de sus ciudadanos en Irak.

La República de Irak, con un sistema parlamentario, establece según su constitución de 2005, que el presidente como jefe de Estado representa a Irak y tiene la facultad para acreditar a los embajadores extranjeros en el país (artículo 73).

En cuanto a las relaciones exteriores, estas son facultad del gobierno liderado por el primer ministro (artículo 110).

Para ello, España nombró un embajador en misión especial: Embajador/Nuncio apostólico Enviado extraordinario y ministro plenipotenciario Ministro Residente Cónsul Encargado de Negocios