Dividendo

Por un lado, el dividendo activo es la parte del beneficio obtenido por las sociedades mercantiles cuyos órganos sociales acuerdan que sea repartido entre los socios de las mismas.Es decir, una vez acordado su reparto, es un crédito del socio frente a la sociedad.Anualmente las sociedades mercantiles tienen la obligación legal de efectuar el cierre de cuentas, normalmente referido al último día del año natural, si bien la fecha del cierre puede ser libremente elegida por los socios en los estatutos sociales.En derecho mercantil vigente en España esta posibilidad sólo está contemplada para las Sociedades Anónimas en las que se permite el desembolso parcial del 25% del valor nominal de cada acción, si bien los estatutos sociales o el órgano de administración de la compañía deberá establecer la forma y plazo para el desembolso del resto.Los principios generales que establecen esta política son: Fecha ex-dividendo — el día en el cual las acciones compradas y vendidas ya no vienen unidas al derecho de cobrar el dividendo declarado más recientemente.