[7] Un año más tarde, se renombró como Dirección General de Régimen Fiscal de Corporaciones, asumiendo competencias relacionadas con el desarrollo y aplicación de los conciertos económicos con Álava y Navarra, y funciones relativas a las exacciones de Organismos públicos en su conexión con el régimen fiscal general.
Perdió, sin embargo, las relativas al Impuesto sobre Emisión y Negociación o Transmisión de Valores Mobiliarios.
[9] En 1965 sufre la primera ampliación importante, al elevarse a la categoría de subdirección general a la sección creada en 1963 para las retribuciones de los funcionarios.
[16] Un año más tarde, se integró la Subdirección General de Estudios Económicos del Sector Público.
[21] Sus funciones se regulan en el Artículo 9 del Real Decreto 682/2021, de 3 de agosto, y sus funciones son:[21] Las funciones de este órgano directivo, enumeradas en el apartado anterior, son ejercidas por sus órganos dependientes:[21]