La despenalización de la homosexualidad en Cuba ocurrió el 15 de febrero de 1979, tras la promulgación de un nuevo Código Penal que eliminaba referencias a la sodomía, no obstante la persecución a homosexuales continuó bajo otras figuras legales hasta 1997.
El 4 de abril de 1936 fue promulgado el Código de Defensa Social, en el cual se criminalizaba la homosexualidad al considerarla una «amenaza social».
[1] La década de 1970, y especialmente el período conocido como el «quinquenio gris», tuvo una serie de retrocesos y posteriores avances en cuanto al abordaje legal de la homosexualidad: en marzo de 1974 fue aprobada la Ley 1267, que modifica la Ley 1166 de Justicia Laboral, a la que se agregaba el inciso J que señalaba: En 1975 el Tribunal Supremo Popular anuló las leyes que ordenaban excluir a los homosexuales de los empleos vinculados con la educación y la cultura.
[3] En 1976 se eligió a Armando Hart como ministro de Cultura, resultando en unas políticas culturales más liberales; incluso se creó una comisión para la investigación de la homosexualidad,[4][5] lo que desembocó en que el 15 de febrero de 1979 fuera promulgado un nuevo Código Penal que derogaba el Código de Defensa Social y en el que ya no aparecían referencias directas a la homosexualidad,[6] no obstante lo anterior, el artículo 359 señalaba lo siguiente en sus primeros dos incisos: Con la modificación al Código Penal promulgada el 29 de diciembre de 1987 dichas disposiciones fueron derogadas, sin embargo se mantenía la mención a las «solicitudes homosexuales»:[7] El 17 de junio de 1997 fue publicado el decreto ley 175, que eliminó dicha mención, pasando a referirse a solicitudes sexuales a secas, sin distinguir según la orientación sexual.
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