Derecho de acceso a Internet

[2]​ Por su parte, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos también señala este carácter.

Dr. Moisés Barrio Andrés, el debate jurídico se centra primero en la "funcionalidad" del acceso a Internet, es decir, que la garantía jurídica comprenda no sólo una velocidad sino también parámetros de calidad de la conexión.

Y también se viene discutiendo si el acceso a Internet debe plasmarse en las Constituciones como un nuevo derecho fundamental.

[9]​ En 2000, el Parlamento de Estonia aprobó la Ley sobre el reconocimiento del acceso a Internet como un derecho humano inalienable.

La Comisión de Peticiones consideró que, a la luz del marco jurídico vigente y las acciones implementadas, no deviene necesario extender el ámbito de los derechos fundamentales.

Se garantizará un acceso universal, asequible, de calidad y no discriminatorio para toda la población.

Este documento no es vinculante, sino que "ofrece un marco de referencia para garantizar los derechos de la ciudadanía en la nueva realidad digital" y deberá cristalizarse en normativas específicas.

En las condiciones establecidas en la normativa europea y nacional sobre el servicio universal de comunicaciones electrónicas, se promoverá el acceso universal, asequible, de calidad y no discriminatorio a Internet para toda la población.

El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) es la autoridad de aplicación de la Ley Argentina Digital.
Portada Original de la Constitución Mexicana de 1917