Declaración de obra nueva

La obra nueva declarada puede ser cualitativa o cuantitativa.

La obra nueva debe necesariamente declararse en escritura pública otorgada ante notario.

como requisito imprescindible para su inscripción registral, aunque excepcionalmente, la Administración pública, puede efectuar sus declaraciones de obra nueva y división horizontal mediante certificación administrativa si se soportan sobre parcelas de su propiedad, y siempre que no afecten a terceros (art.

45 a 55 del Reglamento Hipotecario Urbanístico de 1997, y el art.

Por su parte las distintas leyes del suelo, estatal y autonómicas, establecen sus propios requisitos complementarios a la escritura de declaración de obra nueva, muy semejantes en todas ellas.