La constitución declara que Marruecos es un país cuya forma de gobierno es una monarquía constitucional multipartidista.
La constitución establece que el poder ejecutivo se encuentra en manos del Rey de Marruecos, cuya persona es sagrada e inviolable.
El Gobierno, en su responsabilidad ante el Parlamento, puede ser procesado por este, en cuyo caso aprueba y envía el expediente al Tribunal Supremo.
Se reconoce un poder judicial independiente, cuya más alta cúspide la representa el Tribunal Supremo, que sin embargo es nombrado por el Rey a propuesta de ambas Cámaras parlamentarias.
El Rey tiene la potestad de someter directamente a referéndum, sin consulta al Parlamento, cualquier modificación.