[1] Un arzobispo mayor es el metropolitano de una sede reconocida por el papa o un concilio ecuménico, que preside determinada Iglesia oriental sui iuris, pero que no se distingue con el título patriarcal.
Lo dicho de las Iglesias patriarcales y de los patriarcas en el derecho canónico se entiende aplicable también a las Iglesias arzobispales mayores y a los arzobispos mayores, salvo que se disponga expresamente lo contrario o resulte evidente de la naturaleza del asunto.
[2] La elección del arzobispo mayor la realiza el sínodo de obispos de la Iglesia arzobispal mayor, pero a diferencia de lo que sucedería en una Iglesia patriarcal, esta requiere la confirmación del papa;[1] solo después de ser confirmada la elección, el candidato realiza la profesión de fe y la promesa de fidelidad ante el sínodo, es proclamado y entronizado, si es ya obispo, u ordenado antes de la entronización, si no lo es; pero si el papa deniega la confirmación, entonces debe ser realizada otra elección.
[4] El catolicós ejercía su potestad junto con el Santo Sínodo en el catolicosado.
[2] Los arzobispos mayores siguen en la precedencia de honor inmediatamente a los patriarcas según la antigüedad de su sede como Iglesia arzobispal mayor.