También incluye esta apreciación la persona que recibe algo por error del transmitente y posteriormente niega su recepción o no procede a su devolución.
La apropiación indebida se diferencia del robo y del hurto por la forma en la que el que comete el delito entra a tomar posesión de los bienes.
En algunos países se agrupa la apropiación indebida dentro del mismo grupo que las estafas.
En España los artículos 252 a 254 del Código Penal regulan la apropiación indebida.
Además de la apropiación ilícita común, existen tres modalidades independientes: