La altitud mínima en ruta o MEA[1] (por sus siglas en inglés Minimum Enroute Altitude)[2] es la altitud mínima recomendada a la que una aeronave debe volar en determinado segmento de una ruta aérea en condiciones meteorológicas instrumentales, asegurándose de que es segura y libre de obstáculos y lo suficientemente elevada como para recibir asistencia para la navegación desde tierra.
El MEA es una altitud y como tal se refiere al valor de presión definido como QNH.
Si la referencia se toma en el SPS (Standard Pressure Set 1013.25HPa) hablamos del Nivel Mínimo en Ruta (MEL).
Además, las rutas ATS (aeropuerto, SID, STARc) cuentan con un área primaria y otra secundaria.
Hay entonces dos áreas secundarias, Un piloto podrá descender por debajo del MEA publicado en las cartas de navegación sólo cuando: