Ager (clasificación)

El ager publicus , es decir, la propiedad territorial del Estado, se extendió con la historia de las campañas militares romanas.

Según Jaloveno el agro son aquellos fundos que se adquieren para el uso de alguien.

Las distribuciones del derecho romano ponían la tierra en condición de ager privatus, quedando a disposición de cualquier ciudadano que quisiere ocuparlo, desmontarlo y cultivarlo (agri occupatori), algunas veces gratuitamente, otras mediante cierta prestación, en arriendo, enfiteusis o también en posesión indefinida y hereditaria (longa possesio).

Así no puede tener lugar sobre ese terreno el pleno dominio romano (dominium).

Por esto las tierras en provincia se llaman posesiones (possessiones) y no propiedades.

Montes Apeninos , en los alrededores de Pietra di Bismantova , en Italia .