El aborto inducido se considera no punible, según el código penal brasileño de 1940, en los siguientes casos: Si una mujer realiza o da consentimiento para la práctica del aborto inducido, cuando no se dan los supuestos establecidos, puede ser encarcelada de entre 1 y 3 años.
Si el aborto causa la muerte de la mujer, la pena es el doble para quien lo practique o induzca.
Esta medida ha sido enfrentada por oposición fuerte por parte de grupos provida.
[5] Una niña con 9 años quedó embarazada con gemelos después del abuso y violación por su padrastro.
La posibilidad de practicar el aborto inducido era legal ya que se ha había producido por violación.