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Igualdad sustantiva

Se han planteado cuestiones sobre la igualdad sustantiva en relación con el color de piel de las modelos de pasarela en la Semana de la Moda de São Paulo y en 2009 se impusieron cuotas que exigían que al menos el 10 por ciento de las modelos fueran "negras o indígenas" como una forma sustancial de contrarrestar un "sesgo hacia las modelos blancas", según un relato. [1]

La igualdad sustantiva es una ley sustantiva sobre derechos humanos que se ocupa de la igualdad de resultados para las personas y grupos desfavorecidos y marginados y, en general, todos los subgrupos de la sociedad. [2] [3] Los académicos definen la igualdad sustantiva como un resultado de las políticas, procedimientos y prácticas utilizadas por los estados nacionales y los actores privados para abordar y prevenir la discriminación sistémica . [4] [3] [5]

La igualdad sustantiva reconoce que la ley debe tener en cuenta elementos como la discriminación, la marginación y la distribución desigual para lograr resultados iguales en materia de derechos humanos básicos y acceso a bienes y servicios. [3] La igualdad sustantiva se logra principalmente mediante la aplicación de medidas especiales [6] para ayudar o mejorar la vida de las personas desfavorecidas. Esas medidas tienen por objeto garantizar que se les conceda los mismos resultados que a los demás. [2]

La igualdad sustantiva es distinta de la igualdad de oportunidades formal , que garantiza la igualdad de oportunidades basada en la meritocracia , pero no la igualdad de resultados para los subgrupos. [7]

La igualdad sustantiva puede incluir acciones afirmativas y sistemas de cuotas, incluidas cuotas de género y cuotas raciales .

Definición

La igualdad sustantiva ha sido criticada por no tener una definición clara. Sandra Fredman ha argumentado que la igualdad sustantiva debe ser vista como un concepto de cuatro dimensiones de reconocimiento, redistribución, participación y transformación. [8] La dimensión redistributiva busca reparar la desventaja a través de la acción afirmativa, mientras que la dimensión de reconocimiento tiene como objetivo promover el derecho a la igualdad e identificar los estereotipos, prejuicios y violencia que afectan a las personas marginadas y desfavorecidas. [8] La dimensión participativa utiliza la idea de Ely [ aclaración necesaria ] para argumentar que la revisión judicial debe compensar a las personas marginadas por su falta de poder político. [9] [8] La dimensión participativa también puede implementar deberes positivos para garantizar que todos los afectados por la discriminación puedan ser miembros activos de la sociedad. [8] Por último, la dimensión transformadora reconoce que la igualdad no se logra a través de la igualdad de trato y que las estructuras sociales que refuerzan la desventaja y la discriminación deben modificarse o transformarse para dar cabida a la diferencia. [8] La dimensión transformadora puede utilizar deberes positivos y negativos para reparar la desventaja. [8] Fredman aboga por un enfoque de cuatro dimensiones para la igualdad sustantiva como una forma de abordar las críticas y limitaciones que enfrenta debido a la falta de acuerdo sobre su definición por parte de los académicos. [8]

Historia

Busto de mármol de Aristóteles. Tiene barba poblada y cabello corto peinado hacia adelante y viste un manto de alabastro amarillo.
Aristóteles fue el primero en hacer la conexión entre igualdad y justicia.

Aristóteles fue el primer filósofo en articular la conexión entre igualdad y justicia. Aristóteles creía que los iguales debían ser tratados de la misma manera y los desiguales de manera diferente. [10] La noción de igualdad de Aristóteles influyó en la concepción de igualdad formal en la jurisprudencia occidental . La igualdad formal aboga por el tratamiento neutral de todas las personas basado en las normas del grupo dominante en la sociedad. [5] Mientras que el feminismo de primera ola abogó principalmente por la igualdad formal , el feminismo de segunda ola promovió la igualdad sustantiva. [11] A fines del siglo XX, la igualdad sustantiva se originó en oposición a la igualdad formal. [10] Este enfoque se inspiró en los primeros casos constitucionales emblemáticos en los Estados Unidos, que se alejaron de los enfoques formales de la igualdad a favor de un proceso más sustantivo. Por ejemplo, en Brown v. Board of Education (1954), la Corte Suprema de los Estados Unidos consideró ilegal segregar el acceso de los niños a la educación sobre la base de la raza. [10] Este caso influyó en la transformación de las leyes antidiscriminación de Estados Unidos, ya que buscaba resultados equitativos para los afroamericanos . [10] El enfoque sustantivo rechaza nociones anteriores que afirmaban que las diferencias sociales, políticas, económicas e históricas eran una justificación legítima para el tratamiento diferencial de los grupos marginados y desfavorecidos de la sociedad. [12]

El enfoque sustantivo de la igualdad está arraigado en los tratados, leyes y jurisprudencia de derechos humanos, que luego es adoptado e implementado por los Estados nacionales y los actores privados. Esto está presente en el Artículo 14 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), que establece que:

El goce de los derechos y libertades reconocidos en la presente Convención será asegurado sin discriminación alguna, especialmente por motivos de sexo, raza, color, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, pertenencia a una minoría nacional, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. [8] : 275 

El artículo 14 prohíbe la discriminación en todos los aspectos de la vida pública sobre la base de atributos designados. Aunque el artículo 14 no menciona la discriminación por motivos de sexualidad, edad y discapacidad, los recientes avances en la jurisprudencia han demostrado que estos motivos son ilustrativos pero no exhaustivos y pueden extenderse para incluir estos factores. [8] Los Estados nacionales que han firmado y ratificado el CEDH tienen la obligación de promulgar legislación que impida la discriminación mediante el uso de medidas especiales para proteger y promover las vidas de las personas desfavorecidas y marginadas en la sociedad. El artículo 1(4) de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (ICERD) define las medidas especiales como "no se considerará discriminación racial el logro del progreso adecuado de ciertos grupos raciales o étnicos o de ciertos individuos que requieran la protección que pueda ser necesaria para garantizar a esos grupos o individuos la igualdad en el goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales". [2] : 9 

Estos dos artículos son los principios fundamentales que definen la práctica de la igualdad sustantiva. El hecho de que los signatarios no promulguen leyes sustantivas puede dar lugar a fuertes sanciones y al escrutinio de la comunidad internacional.   

Enfoques nacionales

Australia

Las leyes contra la discriminación en Australia son promulgadas por los parlamentos de la Commonwealth, los estados y los territorios y luego son interpretadas por los tribunales y juzgados. [13] Estas leyes están contempladas en los siguientes cuatro estatutos clave de la Commonwealth: la Ley de Discriminación Racial (1975) , la Ley de Discriminación Sexual (1984) , la Ley de Discriminación por Discapacidad (1992) y la Ley de Discriminación por Edad (2004) . [13]

Todos los estados y territorios australianos han promulgado una ley (denominada de diversas formas la ley antidiscriminación) que prohíbe todas las formas de discriminación en la vida pública sobre la base de atributos nominados identificados en el artículo 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP). [13] Esta ley hace ilegal la discriminación contra otros tanto directamente (cuando una persona es tratada injustamente) como indirectamente (cuando algo es justo en la forma pero discriminatorio en la práctica). [13] Por ejemplo, la discriminación indirecta puede ocurrir en la fuerza laboral cuando se espera que los empleados cumplan con una condición o requisito del trabajo (por ejemplo, restricciones de altura) pero no pueden cumplirlos porque son irrazonables o injustos. [14] [13] El cumplimiento de las leyes antidiscriminación se puede hacer cumplir a través de procedimientos civiles, que pueden resultar en fuertes multas o sanciones. Estas leyes han sido criticadas por centrarse demasiado en la compensación y no lo suficiente en prevenir que ocurra la discriminación. [13]

Estas leyes contra la discriminación utilizan medidas sustantivas al promover la igualdad de resultados e implementar medidas especiales identificadas en el Artículo 1(4) de la ICERD para superar la discriminación. Los actores privados, las organizaciones y los gobiernos utilizan medidas especiales en forma de programas de acción afirmativa para garantizar que las personas desfavorecidas obtengan los mismos resultados que todos los demás. El gobierno australiano ha identificado a las mujeres, los aborígenes e isleños del Estrecho de Torres , las personas con discapacidades y los inmigrantes que no hablan inglés como grupos de alta prioridad para la administración de programas de medidas especiales. [3] El gobierno del Territorio del Norte ha reconocido a los aborígenes e isleños del Estrecho de Torres y a las personas con discapacidades como grupos de alta prioridad para sus programas de acción afirmativa al centrarse en los resultados laborales y las representaciones laborales para estos grupos. [3] Estos programas utilizan medidas sustantivas ya que reconocen que existe la necesidad de tratar a las personas de manera diferente al priorizar a estos grupos, ya que han sido discriminados injustamente. Por ejemplo, en 2011, la Oficina Australiana de Estadísticas informó que los pueblos indígenas tenían tres veces más probabilidades de estar desempleados que las personas no indígenas. [15] Esto demuestra la necesidad de políticas de acción afirmativa para proteger y mejorar la vida de los aborígenes, ya que no tienen los mismos resultados en materia de empleo. [15]   

unión Europea

La igualdad sustantiva adoptada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se centra en la igualdad de resultados para las características del grupo y los resultados del grupo. [7]

Casos notables

Canadá

R contra Kapp2008 CSC 41

El caso de R v Kapp fue decisivo para cambiar el enfoque de la jurisprudencia canadiense de la igualdad formal a la igualdad sustantiva. En 1998, el gobierno canadiense otorgó una licencia de pesca comunitaria exclusivamente a los miembros de tres bandas aborígenes por un período de 24 horas en el río Fraser que les permitía pescar y vender su captura. [16] Los apelantes consistían principalmente en un grupo de pescadores comerciales no aborígenes que protestaron contra la licencia y posteriormente fueron acusados ​​de pescar en un horario prohibido. [16] Los pescadores argumentaron que estaban siendo discriminados injustamente por motivos de raza en virtud del artículo 15(1) de la Carta Canadiense de Derechos y Libertades . [16] Sin embargo, la Corona confirmó la decisión de que el gobierno no violó el artículo 15 de la carta, [16] y encontró que la decisión no podía ser discriminatoria ya que el artículo 15(1) y 15(2) trabajan juntos para prevenir la discriminación y proteger a las personas vulnerables en la sociedad. [17] El artículo 15(1) tiene como objetivo prevenir la discriminación contra los grupos marginados y desfavorecidos, mientras que el artículo 15(2) tiene como objetivo combatir la discriminación a través de la acción afirmativa. [17] La ​​Corona desestimó la apelación ya que bajo el artículo 15(2) el Gobierno tiene el poder de implementar programas de acción afirmativa para promover el acceso de las bandas aborígenes a empleos y recursos. [18] La ley puede entenderse como el uso de medidas sustantivas en R v Kapp ya que reconoce que la igualdad de trato ( igualdad formal de oportunidades ) no resulta en las mismas oportunidades para todos los grupos. [16] [17] En cambio, la ley reconoció que la igualdad sustantiva es necesaria para asegurar el desarrollo del acceso de los individuos desfavorecidos y marginados a la igualdad de resultados .

Nueva Zelanda

Z contra Z(n.º 2) (1997) 2NZLR 258 ​​(CA)

El caso de Z v Z puso de relieve los problemas relacionados con la distribución equitativa de los bienes de la relación al final de una relación. En este caso, la pareja había estado casada durante 28 años. [19] Durante este tiempo, la cuidadora principal, la Sra. Z, abandonó su carrera para cuidar de los hijos de la pareja. [19] Al final de la relación, la pareja tenía una propiedad valorada en NZ$ 900.000. El Sr. Z tenía un salario de más de $300.000 por año, mientras que el Sr. Z recibía $7.000 en asistencia del gobierno. [19] En Z v Z , el tribunal no protegió a la cuidadora principal al no tener en cuenta su capacidad de ingresos futura y sus sacrificios pasados. [19] La Ley de modificación de la propiedad (relaciones) (2001) se introdujo para rectificar los problemas de distribución equitativa destacados en Z v Z. [ 19] La ley de propiedad utiliza la igualdad sustantiva para reconocer que la igualdad de trato puede conducir a una desventaja. La ley reconoce el impacto que las relaciones pueden tener en la capacidad de generar ingresos de las personas y tiene como objetivo colocarlas en una posición más sustancial al final de la relación. [19] Sin embargo, la ley de propiedad ha sido criticada por su capacidad para lograr una igualdad sustancial, ya que no establece cómo se debe cuantificar la disparidad económica. [19] Los académicos han argumentado que no protege a los más vulnerables, ya que está sesgada hacia las relaciones con ingresos altos porque es más difícil establecer una disparidad económica en los casos de ingresos más bajos. [19]

Crítica

La igualdad sustantiva ha sido criticada en el pasado por su definición vaga y su tenue capacidad para ayudar a combatir la discriminación de las personas marginadas y desfavorecidas. [8] Los académicos han argumentado que el significado de la igualdad sustantiva sigue siendo difícil de alcanzar, lo que dificulta la implementación de cambios debido a la falta de consenso. El significado de la igualdad en sí ha sido etiquetado como subjetivo, ya que hay demasiadas opiniones conflictivas dentro de la sociedad para encontrar una definición subyacente. [8] [12] La igualdad sustantiva también ha sido criticada por su falta de capacidad para proteger a las personas de la discriminación y por poner demasiado énfasis en la compensación en lugar de prevenir que ocurra la discriminación. [13] Los programas de bienestar y acción afirmativa han sido reconocidos como áreas de preocupación, ya que la forma en que se implementan puede ser de naturaleza discriminatoria porque pueden reforzar y perpetuar estigmas que se mantienen dentro de la sociedad. [8] La igualdad sustantiva es un concepto muy controvertido en el que los académicos, las naciones y la ley deben trabajar juntos para acordar una definición y un marco apropiado para su implementación. [8]

Véase también

Referencias

  1. ^ "La Semana de la Moda de Brasil apuesta por la igualdad de oportunidades". The Daily Telegraph . 20 de junio de 2009 . Consultado el 8 de septiembre de 2011 .
  2. ^ abc Cusack, Simone; Ball, Rachel (julio de 2009). Eliminar la discriminación y garantizar la igualdad sustantiva (PDF) (informe). Public Interest Law Clearing House y Human Rights Law Resource Centre Ltd. Archivado desde el original (PDF) el 2022-06-06.
  3. ^ abcde "¿Qué es la igualdad sustantiva?" (PDF). Comisión de Igualdad de Oportunidades, Gobierno de Australia Occidental. Noviembre de 2014. Consultado el 28 de octubre de 2018.
  4. ^ "discriminación sistemática". Archivado desde el original el 19 de enero de 2019. Consultado el 20 de noviembre de 2018 .
  5. ^ ab Mitchell, Ben (2015). Igualdad procesal, igualdad sustantiva y reconocimiento de desventajas en la ley de igualdad constitucional. Irish Jurist. 53: 36-57.
  6. ^ medidas especiales
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  8. ^ abcdefghijklm Fredman, Sandra (16 de abril de 2016). "Emerging from the Shadows: Substantive Equality and Article 14 of the European Convention on Human Rights" (PDF) . Revista de Derecho de los Derechos Humanos . 16 (2): 273–301. doi :10.1093/hrlr/ngw001. ISSN  1461-7781. S2CID  148303122. Archivado desde el original (PDF) el 12 de febrero de 2020.
  9. ^ Ely, John Hart (1980). Democracia y desconfianza: una teoría del control judicial . Cambridge: Harvard University Press. ISBN 978-0674196360.OCLC 5333737  .
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