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Paraíso fiscal

Los refugios fiscales son cualquier método para reducir los ingresos imponibles que resulte en una reducción de los pagos a las entidades recaudadoras de impuestos, incluidos los gobiernos estatales y federales. [1] La metodología puede variar según las leyes fiscales locales e internacionales .

Tipos de refugios fiscales

Algunos refugios fiscales son cuestionables o incluso ilegales:

Los defectos de estos refugios fiscales cuestionables suelen ser que las transacciones no se declararon al valor justo de mercado o que la tasa de interés era demasiado alta o demasiado baja. En general, si el propósito de una transacción es reducir las obligaciones tributarias pero por lo demás no tiene valor económico, y especialmente cuando se realiza entre partes relacionadas, dichas transacciones a menudo se consideran poco éticas. La agencia puede reevaluar el precio y neutralizará rápidamente cualquier beneficio fiscal excesivo. Sin embargo, estos casos son difíciles de probar. Un refresco en una máquina expendedora puede costar $1,75, pero también se puede comprar al por mayor por $0,25. Demostrar que el precio en realidad no es razonable puede resultar en sí mismo razonablemente difícil.

Otros refugios fiscales pueden ser legales y legítimos:

Estos refugios fiscales suelen ser creados por el gobierno para promover un determinado comportamiento deseable, normalmente una inversión a largo plazo, para ayudar a la economía; a su vez, esto genera aún más ingresos fiscales. Alternativamente, los refugios pueden ser un medio para promover comportamientos sociales. En Canadá , para proteger la cultura canadiense de la influencia estadounidense, se otorgaron incentivos fiscales a las empresas que producían programas de televisión canadienses.

En general, un refugio fiscal es cualquier programa organizado en el que muchas personas, ricas o pobres, participan para reducir los impuestos adeudados. [2] Sin embargo, algunas personas amplían los límites de la interpretación legal de las leyes del impuesto sobre la renta. Si bien estas acciones pueden estar dentro de los límites de la práctica legalmente aceptada en forma física, podrían considerarse realizadas de mala fe. Los refugios fiscales tenían como objetivo inducir buenos comportamientos por parte de las masas, pero al mismo tiempo provocaron que unos pocos actuaran de manera opuesta. Por lo tanto, los refugios fiscales a menudo han compartido una asociación desagradable con el fraude .

Doctrinas judiciales

Aparte de los intentos de detener los refugios fiscales en los Estados Unidos a través de disposiciones del Código de Rentas Internas de EE. UU ., los tribunales estadounidenses tienen varias formas de evitar que se lleven a cabo actividades de refugio fiscal. Las doctrinas judiciales tienen un tema básico: invalidar una transacción que lograría un resultado contradictorio con la intención o la estructura básica de las disposiciones del código tributario en cuestión. Las siguientes son las doctrinas judiciales:

1) La doctrina de la sustancia sobre la forma

Esta doctrina se basa en la premisa de que si dos transacciones tienen el mismo resultado económico, deberían tener el mismo resultado fiscal. Para lograr este resultado fiscal similar, puede ser necesario examinar la sustancia de la transacción en lugar de los pasos formales adoptados para implementarla.

2) La doctrina de la transacción por pasos

De manera similar a la doctrina de sustancia, la doctrina de la transacción por pasos trata una serie de pasos formalmente separados como una sola transacción para determinar qué estaba sucediendo realmente con la transacción.

3) La doctrina del propósito comercial

Los tribunales invalidarán una transacción a efectos fiscales según esta doctrina cuando parezca que el contribuyente no tenía otro propósito comercial que el de evadir impuestos o obtener algún beneficio fiscal. Esta investigación judicial depende en gran medida de la intención del contribuyente.

4) La doctrina de las transacciones falsas

Esta doctrina busca transacciones en las que no se producen las actividades económicas que dan lugar a los beneficios fiscales. Un claro ejemplo de esta doctrina se ve en Knetsch v. Estados Unidos, 364 US 361 . Las transacciones falsas se clasifican en uno de dos tipos: falsas en sustancia o falsas en hechos.

5) La Doctrina de la Sustancia Económica

Según esta doctrina, los tribunales invalidarán la transacción fiscal si ésta carece de sustancia económica independientemente de las consideraciones fiscales. Esta doctrina cuestiona si la supuesta actividad económica habría ocurrido sin los beneficios fiscales reclamados por el contribuyente. [3]

Disposiciones legales

En 2010, el Congreso de los Estados Unidos enmendó el Código de Rentas Internas para codificar y aclarar las reglas para aplicar estas doctrinas bajo el título general de "Doctrina de las Sustancias Económicas". La codificación se encuentra en el inciso (o) de la Sección 7701 del Código. [4] Según el Código, un contribuyente debe (con ciertas excepciones) cumplir las dos pruebas siguientes para que se respete una transacción. La transacción debe cambiar, de manera significativa , la posición económica del contribuyente, aparte de los efectos del impuesto federal sobre la renta, y (B) el contribuyente debe tener un propósito sustancial para realizar dicha transacción, aparte de los efectos del impuesto federal sobre la renta. [5] Según el Código, el término "doctrina de sustancia económica" se define como la doctrina del derecho consuetudinario según la cual los beneficios del impuesto federal sobre la renta con respecto a una transacción no están permitidos si la transacción no tiene sustancia económica o carece de un propósito comercial. [6] Se incorpora a la codificación la doctrina de la transacción escalonada. [7]

Ver también

Referencias

  1. ^ "Refugio fiscal: explicado". El profesor de negocios, LLC . Consultado el 27 de julio de 2023 .
  2. ^ ""El rompecabezas de la inversión: IRA versus TSA". Virginia L. Bean, W. Peter Salzarulo, Richard F. Bebee y Josiah TS Horton Academe. vol. 68, núm. 3. Mayo - junio de 1982, págs. 15-20 Publicado por: Asociación Estadounidense de Profesores Universitarios ". JSTOR  40248939. {{cite journal}}: Citar diario requiere |journal=( ayuda )
  3. ^ Samuel A. Donaldson, Impuesto federal sobre la renta de las personas: casos, problemas y materiales , págs. 730-734 (2ª ed. 2007), St. Paul: Thompson West.
  4. ^ Véase en general 26 USC  § 7701.
  5. ^ Sección 7701 (o) (1) del Código de Rentas Internas.
  6. ^ Sección 7701 (o) (5) (A) del Código de Rentas Internas.
  7. ^ Consulte la sección 7701 (o) (5) (D).

enlaces externos