Peregrinus

Esta cifra conformaba solamente el 9% de una población del Imperio total estimada en aproximadamente 70 millones en esa época.

En la esfera del derecho penal, no existía ninguna ley que impidiera la tortura de los peregrini durante interrogatorios oficiales.

Esto implicaba que el gobernador actuaba como juez, aconsejado por un consilium de altos oficiales, así como el derecho del defendido a emplear consejería legal.

[8]​ Esto otorgó a los ciudadanos una ventaja sustancial en las disputas con los peregrini, especialmente, sobre tierras dado que el derecho romano siempre prevalecía sobre las leyes locales si ambas entraban en conflicto.

[11]​ En la esfera militar, los peregrini fueron excluidos de prestar servicios en las legiones y solo podían enrolarse en las menos prestigiosas tropas auxiliares romanas.

Por ello, cualquier hijo de un matrimonio mixto era ilegítimo y no podía heredar la ciudadanía (o las propiedades).

Si bien el gobernador provincial tenía un poder absoluto para intervenir en los asuntos civitas, en la práctica las civitates eran predominantemente autónomas, en parte debido a que el gobernador operaba con una burocracia mínima y simplemente no tenía los recursos para un manejo detallado de las civitates.

[16]​ Estas elites dominarían el consejo civitas y las magistraturas ejecutivas, que estarían basadas en instituciones tradicionales.

El Imperio romano fue, abrumadoramente, una economía agrícola: más del 80% de su población vivía y trabajaba en la tierra.

[21]​ Algunas se mantendrían como «tierras propiedad del Estado» (ager publicus) que en la práctica eran gestionadas bienes imperiales.

A estos últimos se les habría concedido asimismo tierras que alguna vez fueran comunales.

Aun peor, los colonos romanos se habrían servido habitualmente manteniendo las mejores tierras para sí mismos.

[23]​ Incluso si su nuevo arrendador era un aristócrata local, el campesino libre podía encontrarse en una peor situación por ser obligado a pagar renta por una tierra que antes cultivaba de forma gratuita, o a pagar tasas por pastar sus rebaños en los pastos que habían sido anteriormente comunales.