En el derecho consuetudinario , un patrimonio es el patrimonio neto de una persona viva o fallecida . Es la suma de los activos de una persona (los derechos legales, los intereses y los derechos a la propiedad de cualquier tipo) menos todos los pasivos en un momento dado. La cuestión tiene una importancia jurídica especial en el caso de la quiebra y la muerte de la persona. (Ver herencia ).
Dependiendo del contexto particular, el término también se utiliza en referencia a una propiedad en un terreno o a un tipo particular de propiedad (como bienes raíces o bienes personales ). El término también se utiliza para referirse únicamente a la suma de los activos de una persona.
El equivalente en los ordenamientos jurídicos del derecho civil es el patrimonio .
Según la ley de quiebras de los Estados Unidos , el patrimonio de una persona se compone de todos los activos o propiedades de cualquier tipo disponibles para su distribución a los acreedores. [1] Sin embargo, algunos activos se reconocen como exentos para permitir a una persona disponer de recursos importantes para reiniciar su vida financiera. En los Estados Unidos , las exenciones de activos dependen de varios factores, incluidas las leyes estatales y federales. [2] [3] [4] El patrimonio (o activos) de una persona en quiebra es administrado por un síndico en caso de quiebra . La situación jurídica en todos los países de derecho consuetudinario es similar a este respecto.
En el derecho agrario , el término "bienes" es un remanente del sistema feudal inglés , que creó una compleja jerarquía de propiedades e intereses sobre la tierra. El interés alodial o de pleno derecho es la propiedad más completa que se puede tener sobre un bien en el sistema de derecho consuetudinario. Un patrimonio puede ser un patrimonio por años, un patrimonio a voluntad, un patrimonio vitalicio (que se extingue por la muerte del titular), un patrimonio pur autre vie (un interés vitalicio sobre la vida de otra persona) o un patrimonio de cola (a los herederos del propio cuerpo) o algún tipo más limitado de heredero (por ejemplo, a los herederos varones del propio cuerpo).
Los patrimonios en pleno dominio absoluto pueden ser de dominio simple absoluto o anulables ( es decir, sujetos a condiciones futuras ), como en pleno dominio simple determinable y en pleno dominio simple sujetos a condiciones posteriores; este es el complejo sistema de intereses futuros (qv) que permite que los conceptos de fideicomisos y patrimonios pasen a la ciencia actuarial mediante el uso de contingencias de vida.
La propiedad de la tierra también se puede dividir en herencias y otras herencias que no son herencia. El patrimonio simple y el patrimonio de cola son patrimonios hereditarios; pasan a los herederos del propietario por ministerio de la ley , ya sea sin restricciones (en el caso de la cuota simple) o con restricciones (en el caso de la cuota cola). La herencia por años y la herencia vitalicia no son herencias; el propietario no posee nada después de transcurrido el plazo de años y no puede transmitir nada a sus herederos.
Los bienes e intereses legales se denominan derechos "in rem" y se dice que son "buenos para el mundo".
Superpuestos a los bienes legales y los intereses sobre la tierra, los tribunales ingleses crearon " intereses equitativos " sobre los mismos intereses legales. Estas obligaciones se denominan fideicomisos y serán exigibles en un tribunal . Un fideicomisario es la persona que posee el título legal de la propiedad, mientras que se dice que el beneficiario tiene un interés equitativo en la propiedad.