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Resolución 1267 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

El 15 de octubre de 1999, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobó por unanimidad la resolución 1267. Tras recordar las resoluciones 1189 (1998), 1193 (1998) y 1214 (1998) sobre la situación en el Afganistán , el Consejo designó a Osama bin Laden y sus asociados como terroristas y estableció un régimen de sanciones para las personas y entidades asociadas con Al-Qaida , Osama bin Laden y/o los talibanes dondequiera que se encontraran. [1] [2] [3]

Desde entonces, el régimen ha sido reafirmado y modificado por una docena de resoluciones adicionales del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas . [4] [5] Se ha afirmado que el régimen de sanciones causó graves dificultades al pueblo de Afganistán bajo el régimen talibán en un momento en que dependían en gran medida de la ayuda alimentaria internacional, sin poder satisfacer ninguna de sus demandas. [6] Desde la invasión estadounidense de Afganistán en 2001, las sanciones se han aplicado a personas y organizaciones en todas partes del mundo.

El régimen está compuesto por un Comité del Consejo de Seguridad de la ONU, una "lista consolidada" de personas y entidades que ha determinado que están asociadas con Al Qaeda o los talibanes, y leyes que deben aprobarse en cada nación miembro para aplicar las sanciones. El Comité recibe informes de cada nación sobre cómo avanza el trabajo y puede modificar las condiciones impuestas a cualquier individuo según lo considere oportuno.

Hasta diciembre de 2006 no existía derecho a recurso contra la inclusión en la lista.

Imposición de las sanciones

Las dos primeras resoluciones del Consejo de Seguridad, la 1267 y la 1333 (2000), se aprobaron el 15 de octubre de 1999 y el 19 de diciembre de 2000, respectivamente. Fueron recibidas calurosamente por el embajador de Afganistán, que no era representante del régimen talibán que había conquistado el 80% de su país. [7] [8] Sólo Malasia expresó reservas sobre su eficacia y preocupación por las consecuencias humanitarias [9], hasta el punto de abstenerse en la segunda resolución. [10] Aunque votó a favor de la segunda resolución, el Reino Unido se opuso en privado a ella debido a la ya grave situación humanitaria y a la expectativa de que se produciría una reacción violenta contra las organizaciones de ayuda de las Naciones Unidas que prestaban socorro en el país. [11]

La primera resolución siguió al régimen de sanciones impuesto por Estados Unidos el 5 de julio de 1999 mediante una orden ejecutiva [12] [13] después de que funcionarios de inteligencia encontraron dinero controlado por Bin Laden fluyendo a través de los bancos. [14]

Las resoluciones impusieron una serie de exigencias a los Estados miembros y al Afganistán en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas . Las primeras incluían:

Al día siguiente de la imposición de las sanciones, hubo manifestaciones furiosas en las oficinas de la ONU en Kabul . [15] Se cerró el servicio postal internacional. [16] En octubre de 2000, se bloqueó un vuelo sobre Irán que transportaba suministros a Bagdad, [17] y se permitió otro a Alemania que transportaba niños enfermos. [18]

La resolución de diciembre de 2000 fortaleció el régimen e impuso condiciones adicionales:

El mes siguiente, la BBC informó que la lista elaborada por la ONU de funcionarios contra los que se aplicarían las sanciones era inexacta y no incluía a ningún comandante militar. [19] Altos funcionarios de la ONU dijeron que las sanciones eran completamente inapropiadas debido al caos que estaban causando a las misiones de socorro en un momento de hambruna. [20]

Poco después, los talibanes dieron muestras de estar dispuestos a llegar a un acuerdo sobre Bin Laden [21] a pesar del daño político que ello les causaría. [22] También habían reducido sustancialmente el cultivo de amapolas de opio. [23]

El 30 de julio de 2001, la Resolución 1363 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas estableció un Equipo de Vigilancia para supervisar y ayudar a la aplicación de las medidas. [24]

Crítica

En 2008, el Comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa , Thomas Hammarberg, declaró que cree que "los procedimientos arbitrarios para la inclusión de terroristas en listas negras deben modificarse ahora". Dijo que cree que las medidas han afectado a una serie de derechos de las personas afectadas, incluido el derecho a la privacidad, el derecho a la propiedad, el derecho de asociación, el derecho a viajar o la libertad de movimiento, y que no ha habido posibilidad de apelar o incluso de conocer todos los motivos de la inclusión en listas negras, eliminando el derecho a un recurso efectivo y a un proceso justo. [25]

En 2008, el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la promoción y protección de los derechos humanos, Martin Scheinin, afirmó que "los procedimientos de inclusión de terroristas en las listas no cumplían los requisitos del debido proceso para un juicio justo". Sugirió "introducir un órgano de revisión independiente compuesto por expertos independientes, que formaría parte del procedimiento de toma de decisiones del Consejo de Seguridad" o incluso abolir el Comité 1267 y trasladar la cuestión de la inclusión de terroristas a la jurisdicción del Comité contra el Terrorismo, sobre la base de la resolución 1373 (2001) [26] .

En una sentencia sobre el caso de Abousfian Abdelrazik (incluido en la lista en 2006), el juez del Tribunal Federal de Canadá Russel Zinn escribió: "Añado mi nombre a los que consideran que el régimen del Comité 1267 constituye una negación de recursos jurídicos básicos y es insostenible en virtud de los principios de los derechos humanos internacionales. No hay nada en el procedimiento de inclusión o exclusión de la lista que reconozca los principios de justicia natural o que prevea una equidad procesal básica... Difícilmente se puede decir que el proceso del Comité 1267 cumple el requisito de independencia e imparcialidad cuando, como parece ser el caso del Sr. Abdelrazik, la nación que solicita la inclusión es uno de los miembros del órgano que decide si se incluye o, igualmente importante, se excluye a una persona de la lista. El acusador es también el juez". [27]

Resoluciones post talibanes

La invasión estadounidense de Afganistán comenzó en octubre de 2001, tras una serie de ultimátums a los talibanes para que entregaran a Osama bin Laden, a quien Estados Unidos acusaba de ser responsable de los ataques del 11 de septiembre de 2001. El régimen talibán pareció ignorar la decisión de una reunión de emergencia de clérigos afganos de pedirle a Bin Laden que se marchara voluntariamente, y declaró que sería un insulto al Islam entregarlo sin ninguna prueba real de su culpabilidad. [28] Las fuerzas antitalibanes retomaron el país y en diciembre de 2001 se estableció un nuevo gobierno encabezado por Hamid Karzai .

El 15 de enero de 2002, el Consejo de Seguridad levantó las sanciones a Ariana Afghan Airlines porque ya no era operada por los talibanes en la Resolución 1388. [29] Al día siguiente, en la Resolución 1390 , cancelaron todas las restricciones de vuelo adicionales, pero reiteraron las sanciones financieras y militares contra las personas asociadas con los talibanes y dieron a todos los países 90 días para informar sobre las medidas que estaban tomando. [30]

El 20 de diciembre de 2002, el Consejo de Seguridad, en virtud de la Resolución 1452 , modificó el régimen de aplicación de las sanciones financieras para que cada país pudiera administrar sus propias exenciones a las sanciones financieras. Hasta entonces, todas las transacciones financieras que involucraran a alguien que el comité hubiera designado como asociado de los talibanes debían ser autorizadas caso por caso, sobre la base de la necesidad humanitaria. Esta resolución permitió a los países liberar fondos para esas personas con el fin de pagar alimentos, alquiler, medicinas, impuestos, honorarios legales, etc. [31] En el Reino Unido, el régimen de sanciones es tan severo que se ha determinado que se aplica a la esposa de una persona incluida en la lista a la que se le impidió retirar suficiente dinero para llevar a sus hijos a la piscina. [32]

El mes siguiente, en la Resolución 1455, el Consejo de Seguridad restableció el Grupo de Supervisión y recordó a todos los países que debían aplicar las sanciones y redactar informes. [33]

El 20 de enero de 2003, el Consejo de Seguridad convocó una reunión de alto nivel de ministros para tratar el tema de la lucha contra el terrorismo. [34] La propia Resolución 1456 fue simplemente la adopción de una declaración hecha por los ministros, instando a que el Comité contra el Terrorismo intensificara sus esfuerzos . [35]

El 30 de enero de 2004, el Consejo de Seguridad aprobó la Resolución 1526 (2004) [36] para fortalecer el régimen y exigió que:

El 29 de julio de 2005, el Consejo de Seguridad aprobó la Resolución 1617 (2005) [37] para formalizar el procedimiento de inclusión de personas en la Lista Consolidada.

El 8 de agosto de 2006, el Consejo de Seguridad aprobó la Resolución 1699 (2006) [38], en la que acogía con beneplácito el papel de la Interpol en la aplicación de las sanciones y pedía al Secretario General que aumentara la cooperación.

Procedimientos de inclusión y exclusión de la lista

Consciente del problema de la falta de normas mínimas de prueba o transparencia en el proceso de inclusión en la lista, y dado el número relativamente alto de personas incluidas en ella, la Oficina de Asuntos Jurídicos de las Naciones Unidas encargó un estudio sobre la siguiente cuestión: "¿Está el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas... obligado a garantizar que los derechos al debido proceso, o 'procedimientos justos y claros', se pongan a disposición de las personas y entidades directamente destinatarias de sanciones en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas?" [39]

El informe, publicado en marzo de 2006, era puramente teórico y no hacía referencia a ninguno de los casos. Si bien reconocía el hecho de que la ONU era un organismo supranacional al que no se dirigía ninguno de los tratados de derechos humanos, sí constataba que existían "expectativas legítimas de que la propia ONU, cuando su acción tiene un impacto directo en los derechos y libertades de una persona, observase las normas del debido proceso... en las que la persona en cuestión puede confiar". El hecho de que "los Estados miembros no tengan autoridad para revisar los nombres de las personas y entidades especificadas por el comité responsable del Consejo de Seguridad, con el fin de determinar [su necesidad de ser sancionadas]" significaba que las personas que eran objeto de sanciones debían expresar sus derechos ante el Consejo. Éstos eran que se les informara de las medidas adoptadas contra ellas lo antes posible y que pudieran llevar su caso ante un juez imparcial. [39]

El 19 de diciembre de 2006, el Consejo de Seguridad adoptó la Resolución 1730 (2006) para establecer un procedimiento de exclusión de la lista mediante el cual quienes figuraban en ella podían solicitar al comité que examinara su caso. Durante la reunión, el embajador de Francia dijo que la insuficiencia de los procedimientos había afectado a la eficacia de las sanciones [40] , y el embajador de Qatar dijo que no iban lo suficientemente lejos en lo que respecta a las normas y estándares jurídicos [41] .

El procedimiento de inclusión en la lista también permaneció opaco hasta el 22 de diciembre de 2006, cuando el Consejo de Seguridad adoptó la Resolución 1735 (2006), que contenía una serie de formularios que los países debían completar para incluir en la lista los nombres de personas y entidades que tuvieran vínculos con los talibanes. [42]

Durante su período de funcionamiento, el Comité del Consejo de Seguridad ha emitido comunicados de prensa cada vez que ha introducido algún cambio en la lista. En ocasiones se trata de personas que se encuentran en prisión en lugares como Alemania. [43]

Cuando las medidas de sanciones (basadas en la Lista Consolidada) fueron reafirmadas por la resolución 1822(2008) , [44] el embajador de Costa Rica expresó su preocupación por el hecho de que el procedimiento de inclusión y exclusión de nombres en la lista todavía no cumplía con los estándares internacionales del debido proceso. [45]

En el informe resumido presentado al Consejo se formularon recomendaciones para mejorar la facilidad de uso del sitio web de sanciones, "por ejemplo, introduciendo canales RSS, un mapa del sitio web y una función de búsqueda interna". También se pidió un contador de visitas, "para estudiar las modalidades técnicas necesarias para introducir una herramienta que permita hacer un seguimiento del uso del sitio web y garantizar que cumple su finalidad prevista". [46]

Personas sujetas a sanciones

Ver artículos para referencias

Ascensor 2010

El 27 de enero de 2010, un comité de sanciones de las Naciones Unidas eliminó a cinco ex altos funcionarios talibanes de su lista de miembros de Al Qaeda y los talibanes, en una medida que contó con el apoyo del presidente afgano Karzai . La decisión significa que los cinco ya no estarán sujetos a la prohibición de viajes internacionales, la congelación de activos y el embargo de armas. Los cinco hombres eran todos miembros de alto rango del antiguo Emirato Islámico de Afganistán :

Todos habían sido añadidos a la lista en enero o febrero de 2001. [50]

Oficinas nacionales responsables de la implementación

En el Reino Unido, el régimen se implementó a través de la Unidad de Sanciones Financieras del Banco de Inglaterra , utilizando los poderes otorgados por la Ley de las Naciones Unidas de 1946. [51] Varias personas y sus familias se han visto afectadas por las medidas.

En Estados Unidos, el organismo responsable es la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos . [52]

Véase también

Referencias

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  2. ^ "Página web principal del Comité del Consejo de Seguridad establecido en virtud de la resolución 1267 (1999)". ONU. Archivado desde el original el 7 de abril de 2007. Consultado el 3 de abril de 2007 .
  3. ^ Resolución S/RES/1267(1999) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (1999), consultada el 6 de septiembre de 2007.
  4. ^ "Resoluciones del Consejo de Seguridad relacionadas con la labor del comité establecido en virtud de la Resolución 1267 (1999) relativa a Al-Aqida y las personas y entidades asociadas con los talibanes". Archivado desde el original el 12 de enero de 2007. Consultado el 7 de enero de 2007 .
  5. ^ "Comité del Consejo de Seguridad establecido en virtud de la resolución 1267 (1999) relativa a Al-Qaida y los talibanes y personas y entidades asociadas". Naciones Unidas. 15 de octubre de 1999. Archivado desde el original el 12 de junio de 2010.
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