La resolución 1526 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas , adoptada por unanimidad el 30 de enero de 2004, tras recordar las resoluciones 1267 (1999), 1333 ( 2000), 1363 (2001), 1373 (2001), 1390 (2001), 1452 (2002) y 1455 (2003) relativas al terrorismo, el Consejo endureció las sanciones contra Al Qaeda , los talibanes , Osama bin Laden y personas y grupos asociados. [1]
El Consejo de Seguridad instó a todos los Estados a que aplicaran la Resolución 1373 y reafirmó la necesidad de combatir las amenazas a la paz y la seguridad internacionales causadas por actos terroristas. Condenó a Al-Qaeda y otros grupos asociados por los continuos ataques terroristas y reiteró su condena general de todos los actos terroristas.
En virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas , el Consejo decidió mejorar la aplicación de las sanciones, incluida la congelación de los activos financieros y los fondos controlados por los talibanes, Al Qaeda, Osama bin Laden y otros grupos. [2] Las sanciones anteriores también incluían un embargo de armas y la prohibición de viajar contra los grupos e individuos. [3] El Comité establecido en la Resolución 1267 vio reforzado su mandato para incluir un papel central en la evaluación de la información relativa a la aplicación efectiva de las restricciones y la formulación de recomendaciones. Las sanciones se revisarían en un plazo de 18 meses.
Se pidió a todos los Estados que cortaran el suministro de activos y fondos financieros a las personas y organizaciones sancionadas y que establecieran procedimientos internos para la vigilancia de las divisas a través de las fronteras. Se creó un Equipo de Apoyo Analítico y Vigilancia de las Sanciones para ayudar al Comité 1267 en el cumplimiento de su mandato durante un período inicial de 18 meses, que tendría su base en la ciudad de Nueva York. [4] Se pidió al Secretario General Kofi Annan que nombrara a ocho personas para el equipo de vigilancia con la experiencia pertinente. Se le pidió que presentara tres informes sobre la aplicación de las sanciones por los países y sugiriera mejoras y, de ser necesario, el comité consideraría la posibilidad de realizar visitas a determinados países para mejorar la aplicación de las sanciones e informar al Consejo. También se solicitó al Comité una evaluación analítica en el plazo de 17 meses.
En la resolución se instaba a todos los países a cooperar con el equipo de vigilancia y el Comité, y se destacaba la necesidad de intercambiar información y facilitar los nombres de las personas y entidades que debían ser sancionadas. Se fijaba el 31 de marzo de 2004 como plazo límite para que los países facilitaran los nombres de Al-Qaeda, los talibanes y los miembros de grupos asociados que se encontraran en su territorio. [5] Al mismo tiempo, los Estados debían informar a las personas sancionadas de las medidas impuestas contra ellas e informar sobre las medidas que habían adoptado para aplicar las sanciones.