La Directiva de Responsabilidad del Producto 85/374/CEE es una directiva del Consejo de las Comunidades Europeas (ahora Unión Europea) que creó un régimen de responsabilidad estricta por productos defectuosos aplicable en todos los estados miembros de la Unión Europea, los demás miembros del EEE ( Islandia, Liechtenstein y Noruega) y el Reino Unido.
El Consejo adoptó una resolución en 1975 para un programa preliminar sobre protección del consumidor y tecnología de la información . [1] [2] Los avances hacia un régimen de responsabilidad objetiva en Europa comenzaron con el Convenio del Consejo de Europa sobre responsabilidad por productos en relación con lesiones personales y muerte (el Convenio de Estrasburgo ) en 1977. [3] La Comisión Pearson en el Reino Unido señaló que este trabajo había comenzado y se abstuvieron de hacer sus propias recomendaciones. [4] En 1981 siguió un segundo programa de la UE. [5]
El preámbulo de la Directiva cita el art. 100 (posteriormente renumerado como artículo 94 y luego como artículo 115) del Tratado de Roma y el objetivo de realizar un mercado único :
El Consejo, por unanimidad y a propuesta de la Comisión , dictará directivas para la aproximación de las leyes, reglamentos o disposiciones administrativas de los Estados miembros que afecten directamente al establecimiento del mercado común .
El preámbulo continúa:
... la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de responsabilidad del productor por los daños causados por defectos de sus productos es necesaria porque las divergencias existentes pueden falsear la competencia y afectar a la circulación de mercancías dentro del mercado común y entrañar en diferente grado de protección del consumidor contra los daños causados por un producto defectuoso a su salud o propiedad;
... la responsabilidad sin culpa por parte del productor es el único medio para resolver adecuadamente el problema, propio de nuestra época de creciente tecnicismo, del reparto equitativo de los riesgos inherentes a la producción tecnológica moderna;
Los artículos 1 a 12 crean un régimen de responsabilidad estricta del producto por daños derivados de productos defectuosos. Esta responsabilidad se suma a cualquier derecho existente que los consumidores disfruten según la legislación nacional (artículo 13).
La directiva no se extiende a los accidentes nucleares , que están cubiertos por los convenios internacionales existentes (artículo 14). La directiva original no se extendía a la caza ni a los productos agrícolas primarios (artículo 2), pero esta excepción fue derogada por la directiva 1999/34/CE debido a las preocupaciones sobre la EEB . [6]
El artículo 15, apartado 1, letra b), de la Directiva ofrece a los Estados miembros la posibilidad de adoptar la defensa contra los riesgos de desarrollo :
1. Cada Estado miembro podrá:
...
b) como excepción ... mantener ... o prever en [su] legislación que el productor será responsable incluso si demuestra que el estado de los conocimientos científicos y técnicos en el momento en que puso el producto en circulación no era tal que permitiera descubrir la existencia de un defecto.
A partir de 2004 [actualizar], todos los estados miembros de la UE, excepto Finlandia y Luxemburgo, lo habían aprovechado hasta cierto punto. [7]
Debido a que las directivas de la UE no tienen efecto directo , sólo entran en vigor para las personas en los estados miembros cuando se implementan en la legislación nacional . El artículo 19 exigía su implementación en un plazo de tres años. [8]
El artículo 21 exigía que la Comisión informara al consejo sobre la aplicación de la directiva cada cinco años.
En 2021, la Comisión Europea realizó un estudio de Evaluación de Impacto sobre la posible revisión de la Directiva sobre Responsabilidad del Producto. [12] [13]
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