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Ley de reforma de la inmigración ilegal y responsabilidad de los inmigrantes de 1996

La Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad de los Inmigrantes de 1996 ( IIRAIRA o IIRIRA ) [2] [3] , promulgada como división C de la Ley Ómnibus Consolidada de Asignaciones de 1997, introdujo cambios importantes en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA). Los cambios de la IIRAIRA entraron en vigor el 1 de abril de 1997. [1]

El expresidente de los Estados Unidos Bill Clinton afirmó que la legislación fortaleció "el estado de derecho al tomar medidas enérgicas contra la inmigración ilegal en la frontera, en el lugar de trabajo y en el sistema de justicia penal, sin castigar a quienes viven legalmente en los Estados Unidos". [4] Sin embargo, la IIRAIRA ha sido criticada por ser excesivamente punitiva "al eliminar el debido proceso de la abrumadora mayoría de los casos de deportación y restringir el alivio equitativo de la deportación". [5] Han surgido una serie de críticas sobre las disposiciones promulgadas con la IIRAIRA, como la expansión de los delitos graves agravados, la creación del programa 287(g) , la reducción de los derechos al debido proceso y la intensificación de la financiación de la militarización de la frontera. [5] [6] [7] [8] Con la IIRAIRA, todos los no ciudadanos, independientemente de su estatus legal e incluidos los residentes permanentes legales de largo plazo, quedaron sujetos a la deportación y se ampliaron en gran medida los delitos que podrían conducir a la deportación formal. [9]

Los defensores de la IIRAIRA sostienen que esta política puso fin, muy necesario, a numerosas lagunas existentes de antemano en la política de inmigración de Estados Unidos, que en última instancia socavaron su eficacia. [10] El objetivo final de la IIRAIRA ha sido disuadir una mayor inmigración ilegal a Estados Unidos y, a pesar de un aumento notable de las deportaciones anuales desde que se promulgó la política en 1996, de alrededor de 50.000 a más de 200.000 a principios de la década de 2000, [11] la inmigración ilegal en general ha aumentado desde la promulgación de la política según los datos compilados por el Pew Research Center. [12]

Antes de la IIRAIRA, los no inmigrantes que permanecían en el país más tiempo del permitido por su visa o violaban su estatus podían pagar una multa que les permitía ajustar su estatus al de residente permanente . [13] Sin embargo, con la IIRAIRA, los no inmigrantes admitidos legalmente que permanecían en el país un día o más después del tiempo permitido por su visa dejaban de ser elegibles para una nueva visa de no inmigrante. [13] Si el período de permanencia en el país era de entre 180 y 365 días, el no ciudadano se enfrentaba a una prohibición de reingreso de 3 años, y una estadía de más de 365 días requería una prohibición de 10 años. Estas disposiciones afectan a los no ciudadanos que fueron admitidos antes y después de la promulgación de la IIRAIRA. [13] En estas circunstancias, un no ciudadano que se encuentre dentro de estas categorías estaría sujeto a una deportación sumaria si intentaba reingresar a los Estados Unidos. En estos procedimientos de deportación, el no ciudadano no tiene derecho a una audiencia ni a un abogado y está sujeto a una prohibición de ingreso de 5 años. [13]

Carga pública

La IIRAIRA impuso nuevas normas sobre la determinación de la carga pública para los no ciudadanos que solicitan la admisión. La IIRAIRA exige que el individuo o individuos que solicitan un inmigrante patrocinado por una familia deben presentar una declaración jurada de apoyo. [14] En la declaración jurada, el solicitante debe "acordar brindar apoyo para mantener al extranjero patrocinado con un ingreso anual que no sea inferior al 125 por ciento de las pautas federales de pobreza " hasta que el no ciudadano se naturalice como ciudadano estadounidense [14] o el no ciudadano, el padre del no ciudadano o el cónyuge del no ciudadano hayan trabajado durante 40 trimestres calificados. [15]

Delitos graves agravados

Con la IIRAIRA, el Congreso de los Estados Unidos amplió la definición del término delito grave agravado . Los delitos graves agravados se iniciaron por primera vez con la Ley contra el Abuso de Drogas de 1988 , y los delitos graves agravados consistían en asesinato, tráfico de drogas y tráfico ilícito de armas de fuego. La Ley contra el Abuso de Drogas de 1988 hizo que cualquier no ciudadano condenado por un delito grave agravado en cualquier momento después de su entrada a los Estados Unidos fuera deportable. La Ley de Inmigración de 1990 , la Ley de Correcciones Técnicas de Inmigración y Nacionalidad de 1994 y la Ley Antiterrorista y de Pena de Muerte Efectiva de 1996 aumentaron los tipos de delitos considerados delitos graves agravados. Además, con estas leyes, los delitos con una pena de 5 años o más se considerarían un delito grave agravado . [16] [17]

Sin embargo, después de la IIRAIRA, la pena fue cambiada de modo que cualquier crimen con una pena de un año o más sería considerado un delito grave agravado . [18] Cualquier no ciudadano que sea condenado por un delito grave agravado puede enfrentar consecuencias migratorias colaterales: "los no ciudadanos que han sido condenados por un 'delito grave agravado' tienen prohibido recibir la mayoría de las formas de alivio que los salvarían de la deportación, incluido el asilo, y de ser readmitidos a los Estados Unidos en cualquier momento en el futuro". [19] Existe una "presunción de deportabilidad" para los no ciudadanos condenados por delitos graves agravados, en la cual los no ciudadanos "condenados por un delito grave agravado se presumirá concluyentemente que son deportables de los Estados Unidos " . [20]

Es importante destacar que los cargos por delitos graves agravados se pueden aplicar retroactivamente, por lo que si un cambio en la ley considera que una nueva categoría de delito es un delito agravado, cualquier no ciudadano previamente condenado por ese delito puede enfrentar la deportación. [19]

En virtud de la IIRAIRA, a cualquier extranjero condenado por un delito grave se le prohíbe categóricamente la cancelación de la deportación y se le coloca en una forma de procedimiento de deportación acelerada (pero estos son distintos de la deportación acelerada). En virtud de la IIRAIRA, los procedimientos de deportación acelerada para extranjeros con cargos por delitos graves agravados están bajo la jurisdicción del Fiscal General, quien "dispondrá la iniciación y, en la medida de lo posible, la finalización de los procedimientos de deportación, y cualquier apelación administrativa al respecto, en el caso de cualquier extranjero condenado por un delito grave agravado antes de que el extranjero sea liberado de la prisión por el delito grave subyacente". [21] En virtud de estos procedimientos de deportación acelerada, los extranjeros asisten al tribunal de inmigración y se les otorga el derecho a un abogado (sin costo para el gobierno) para sus procedimientos en el tribunal de inmigración y la revisión judicial de su decisión de deportación. [22]

Eliminación

La IIRAIRA fusionó los procedimientos de exclusión y deportación en procedimientos de expulsión. [23] Todos los no ciudadanos que son deportables están sujetos a procedimientos de expulsión. [13] Antes de la IIRAIRA, los no ciudadanos estaban sujetos a procedimientos de deportación o de exclusión. [23] [13] La deportación estaba reservada para los no ciudadanos que "hicieron una 'entrada' a los EE. UU.", mientras que los procedimientos de exclusión estaban reservados para los no ciudadanos que no habían ingresado a los Estados Unidos. [24] La consolidación de los procedimientos de exclusión y deportación en procedimientos de expulsión fue un intento de agilizar el proceso de deportación y exclusión. Bajo la IIRAIRA, los no ciudadanos "admitidos en los Estados Unidos, [los no ciudadanos] que solicitan la admisión y [los no ciudadanos] presentes en los Estados Unidos sin ser inspeccionados y admitidos" estaban todos sujetos a procedimientos de expulsión. [24] Los procedimientos de expulsión son adjudicados por jueces de inmigración, que caen dentro del ámbito de competencia de la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración, que es parte del Departamento de Justicia.

Los procedimientos de deportación posteriores a la IIRAIRA se inician con una notificación de comparecencia (NTA, por sus siglas en inglés) que se envía al no ciudadano. Las NTA reemplazaron a los documentos de orden de presentación de la causa y notificación de tiempo y lugar. [25] [13] Las NTA especifican, entre otras cosas, "la naturaleza de los procedimientos contra el extranjero", "la autoridad legal bajo la cual se llevan a cabo los procedimientos", "los actos o conductas que se alega violan la ley" y "los cargos contra el extranjero y las disposiciones legales que se alega han sido violadas". [26] La IIRAIRA estableció la autoridad de los jueces de inmigración en los procedimientos de deportación. [27] Los jueces de inmigración "administrarán juramentos, recibirán evidencia e interrogarán, examinarán y contrainterrogarán al extranjero y a cualquier testigo. El juez de inmigración puede emitir citaciones para la comparecencia de testigos y la presentación de evidencia". [28]

Los no ciudadanos tienen derecho a una "oportunidad razonable para examinar las pruebas contra el extranjero, presentar pruebas a su favor y contrainterrogar a los testigos presentados por el Gobierno", pero no tienen derecho "a que el extranjero presente una solicitud de amparo discrecional en virtud de esta Ley". [29] Además, en virtud de la IIRAIRA, los no ciudadanos "tienen el privilegio de estar representados, sin costo alguno para el Gobierno, por un abogado de su elección". [22] Por lo tanto, los no ciudadanos pueden tener representación legal en un tribunal de inmigración, pero no tienen derecho a la representación legal proporcionada por el Gobierno si no pueden pagar un abogado.

La IIRAIRA estableció un período de deportación de 90 días para los no ciudadanos que un juez de inmigración determine que pueden ser deportados. [30] El período de deportación puede comenzar en "la fecha en que la orden de deportación se vuelve administrativamente definitiva", "la fecha de la orden final del tribunal" o la fecha en que el no ciudadano es liberado de la detención (solo en casos de detención no relacionada con la inmigración). [31] Los no ciudadanos pueden presentar una moción para reconsiderar la decisión de un juez de inmigración, que debe presentarse dentro de los 30 días posteriores a la emisión de la orden final. [32] Los no ciudadanos también pueden presentar una moción para reabrir su caso, que debe presentarse dentro de los 90 días posteriores a la emisión de la orden final de deportación. [33]

Cancelación de la eliminación

La IIRAIRA restringía el acceso de los no ciudadanos a la cancelación de la deportación , que es una forma de alivio de la deportación. Antes de la IIRAIRA, los no ciudadanos podían recibir la cancelación de la deportación a través de un alivio discrecional del Fiscal General (este alivio es llevado a cabo por jueces de inmigración dentro de la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración). [34] En general, antes de la IIRAIRA, los no ciudadanos podían ser elegibles para la cancelación de la deportación si "demostraban siete años de presencia física continua en los EE. UU., buen carácter moral durante ese período y que la deportación resultaría en dificultades extremas para el individuo o para su cónyuge, padre o hijo que fuera ciudadano estadounidense o residente permanente legal". [34] La cancelación de la deportación resultó en que los individuos se convirtieran en residentes permanentes legales. [34]

La IIRAIRA restringió los requisitos para que las personas pudieran optar a la cancelación de la deportación y limitó el número de cancelaciones disponibles a 4.000 al año. [35] Con la IIRAIRA, la cancelación requería la presencia física continua en los EE. UU. durante 10 años antes del inicio de los procedimientos de deportación, lo que se denomina regla de suspensión temporal. [36] En 1997, la Oficina de Apelaciones de Inmigración dictaminó que la regla de suspensión temporal también se puede aplicar retroactivamente a las personas que iniciaron los procedimientos de deportación antes de la implementación de la IIRAIRA. [37] Un requisito adicional obligatorio de la IIRAIRA para la cancelación de la deportación es que los no ciudadanos deben demostrar que la deportación daría lugar a "dificultades excepcionales y extremadamente inusuales" para el cónyuge, padre o hijo del individuo que sea ciudadano o no ciudadano de los EE. UU. con estatus de residente permanente legal. La IIRAIRA eliminó la posibilidad de cancelación debido a las dificultades que podría enfrentar un individuo. [38]

Remoción acelerada

La IIRAIRA estableció la deportación acelerada , en la que los funcionarios de inmigración obtuvieron la autoridad para expulsar sumariamente a ciertos no ciudadanos. [39] Esto es diferente de los procedimientos de deportación acelerada para los no ciudadanos condenados por delitos graves agravados . Los no ciudadanos sujetos a la deportación acelerada incluyen a los no ciudadanos "que son inadmisibles porque carecen de documentos de entrada válidos o han buscado la admisión mediante fraude (también pueden incluir extranjeros inadmisibles por los mismos motivos si están presentes en los Estados Unidos sin ser admitidos o en libertad condicional y han estado en el país menos de dos años)". [40]

Las deportaciones aceleradas pueden considerarse deportaciones sin audiencias: estas deportaciones no requieren una revisión judicial por parte de los jueces de inmigración dentro de la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración a menos que el individuo planee solicitar asilo o indique temor a persecución . [41] [42] Por lo tanto, los no ciudadanos sujetos a deportaciones aceleradas no tienen derecho a una revisión administrativa ni a una apelación administrativa y una revisión judicial. [40] Debido a que las deportaciones aceleradas no requieren una revisión judicial o administrativa, a los no ciudadanos que están sujetos a deportaciones aceleradas no se les otorga el derecho a un abogado durante sus entrevistas con los funcionarios de inmigración . [40]

Eliminación estipulada

La IIRAIRA inició la deportación estipulada, que es un tipo de acuerdo de culpabilidad para los no ciudadanos que son condenados por delitos en un tribunal penal. [43] Las órdenes de deportación estipuladas bajo la IIRAIRA pueden promulgarse para los no ciudadanos que enfrentan condenas por delitos graves y menores que se consideran delitos graves agravados. [13] [43] La deportación estipulada asignó a los jueces de los tribunales federales de distrito de los Estados Unidos "jurisdicción para dictar una orden judicial de deportación de conformidad con los términos de dicha estipulación". [43]

Las órdenes de deportación estipuladas “constituyen una determinación concluyente de la deportabilidad del [no ciudadano] de los EE. UU.” [24] Los acuerdos de declaración de culpabilidad para las órdenes de deportación estipuladas hacen que una “orden judicial de deportación de los Estados Unidos […] sea una condición del acuerdo de declaración de culpabilidad” para la condena penal o una “condición de libertad condicional o libertad supervisada, o ambas”. [43] Con la deportación estipulada, los no ciudadanos “renuncian al derecho a notificación y audiencia” para una determinación de su deportabilidad. [13]

IIRAIRA inició excepciones para la deportación estipulada para personas en "circunstancias excepcionales": enfermedad grave del extranjero o enfermedad grave o muerte del cónyuge, hijo o padre del extranjero, pero sin incluir circunstancias menos apremiantes) fuera del control del extranjero. [24]

Restablecimiento de la remoción

IIRAIRA implementó un proceso llamado restablecimiento de la deportación . El restablecimiento de la deportación se refiere al reingreso de inmigrantes indocumentados que previamente se fueron a través de una salida voluntaria o que previamente recibieron órdenes de deportación y que ingresaron sin admisión legal. [44] Con el restablecimiento de la deportación, "la orden de deportación anterior se restablece a partir de su fecha original y no está sujeta a reapertura o revisión" y el inmigrante no es elegible para solicitar o recibir ningún alivio de la deportación. [44] El restablecimiento de la deportación permite que la persona "sea deportada en virtud de la orden anterior en cualquier momento después del reingreso". [44]

Fianza y detención de inmigrantes

La IIRAIRA amplió la autoridad del Fiscal General para detener a los no ciudadanos que se enfrentan a la deportación. Según la IIRAIRA, los no ciudadanos "pueden ser arrestados y detenidos en espera de una decisión sobre si [el no ciudadano] debe ser expulsado de los Estados Unidos". [45] La IIRAIRA no impuso ninguna limitación a la duración de la detención, pero sí restringió el acceso de estos no ciudadanos a la liberación de la detención. La liberación podría concederse con una "fianza de al menos $1,500" o con "libertad condicional". [45] Los no ciudadanos sin residencia permanente legal o autorizaciones de trabajo previas no serían elegibles para recibir una autorización de trabajo durante su liberación de la detención. [45]

La IIRAIRA estipuló la detención obligatoria de los no ciudadanos que proporcionaran documentos fraudulentos o tuvieran condenas por delitos graves agravados, incluidos "delitos que impliquen depravación moral", así como de los no ciudadanos que se considere que son "miembros de una organización terrorista". [46] [47] Demore v. Kim (2003) confirmó la constitucionalidad de la detención obligatoria de los no ciudadanos con condenas que lo justifiquen.

Las disposiciones de la IIRAIRA relativas a la detención se concibieron inicialmente como una forma de permitir la detención indefinida de los no ciudadanos. [24] Sin embargo, las decisiones judiciales han añadido claridad sobre el período durante el cual un no ciudadano puede ser detenido. En Diouf v. Napolitano (2011), el Noveno Circuito sostuvo que una persona que enfrenta una detención prolongada por motivos de inmigración en virtud de la sección 241(a)(6), extranjeros criminales inadmisibles, de la IIRAIRA tiene derecho a ser puesta en libertad bajo fianza a menos que el gobierno establezca que la persona representa un riesgo de fuga o un peligro para la comunidad. [48] [24] Además, estas personas tienen derecho a las mismas garantías procesales contra la detención prolongada que las personas detenidas en virtud de la sección 236(a) de la Ley, incluida una audiencia de fianza individualizada ante un juez de inmigración. [24] El tribunal en Diouf v. Napolitano (2011) reconoció que estaba ampliando su decisión en Casas-Castrillon v. DHS (2008). [49]

Barreras para el reingreso

La IIRAIRA estableció varias barreras para el reingreso de no ciudadanos.

Prohibición de entrada por 3 años

La prohibición de entrada por tres años afecta a los no ciudadanos que no han tenido un estatus legal actual por más de 180 días pero menos de 365 días y que regresaron a su país de origen voluntariamente antes del inicio de los procedimientos de deportación en un tribunal de inmigración. [50] [51] La prohibición de entrada por tres años comienza en la fecha de salida o deportación del individuo de los EE. UU. [50]

Prohibición de entrada por 10 años

La prohibición de entrada por 10 años se aplica a cualquier no ciudadano cuya deportación haya sido ordenada por un tribunal de inmigración o a cualquier no ciudadano que haya regresado a su país de origen antes de la sentencia final de su proceso de deportación en un tribunal de inmigración y que haya estado en los Estados Unidos sin estatus migratorio legal durante uno o más años. [52] Las personas en cualquiera de estas categorías son declaradas sumariamente no elegibles para la entrada por 10 años. [52] Si un no ciudadano obtiene la admisión después de la prohibición de 10 años y posteriormente es deportado, IIRAIRA impuso una prohibición de entrada de 20 años. [52]

Prohibición de entrada de por vida

Se establecieron prohibiciones de reingreso de por vida para cualquier no ciudadano que fuera deportado debido a condenas penales por delitos graves agravados. [50] Estas personas enfrentan una prohibición de reingreso de por vida. [50]

Programa 287(g)

La IIRAIRA inició el programa 287(g) . El programa 287(g) permite a las agencias de aplicación de la ley estatales y locales celebrar acuerdos con el Servicio de Inmigración y Naturalización (ahora Servicio de Inmigración y Control de Aduanas ). Estos acuerdos asignan a ciertos agentes la capacidad de "realizar una función de un oficial de inmigración en relación con la investigación, aprehensión o detención de extranjeros en los Estados Unidos (incluido el transporte de dichos extranjeros a través de las fronteras estatales hasta los centros de detención)". [53] Según el 287(g), los agentes de aplicación de la ley son designados para obtener autoridad de aplicación de la ley de inmigración, como investigar, aprehender y detener a los no ciudadanos que el agente cree que son deportables. Cuando las agencias celebran acuerdos 287(g), las personas designadas están bajo la dirección del ICE, pero no se las considera funcionarios federales. [53]

Las fuerzas del orden locales no pueden hacer cumplir la ley de inmigración; esa autoridad está conferida al gobierno federal, ya que la aplicación de la ley de inmigración es un asunto civil. [54] [55] Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley a nivel estatal , como las agencias de los alguaciles y las fuerzas del orden municipales , solo pueden hacer cumplir asuntos penales . El programa 287(g) ha recibido un rechazo considerable de los académicos de inmigración y los grupos de defensa de los inmigrantes, que expresaron que el programa aumenta la discriminación racial y socava los derechos de los inmigrantes. [56] [57] [58] [59] [60] En noviembre de 2021, había 142 agencias con acuerdos 287(g) firmados en los Estados Unidos. [61]

Disposiciones de control fronterizo

Entre otros cambios, la IIRAIRA otorgó al Fiscal General de los Estados Unidos amplia autoridad para construir barreras a lo largo de la frontera entre México y los Estados Unidos , y autorizó la construcción de una segunda capa de cerca fronteriza para apoyar la cerca primaria de 14 millas ya terminada. La construcción de la cerca secundaria se estancó debido a las preocupaciones ambientales planteadas por la Comisión Costera de California .

La IIRAIRA aumentó sustancialmente la financiación destinada a la frontera entre México y Estados Unidos . La IIRAIRA destinó 12 millones de dólares para la construcción de una valla de varias capas que comenzaría cerca de San Diego, California , y se extendería hacia el este durante 22,5 kilómetros. [62] Esta financiación se utilizó para complementar la valla existente y añadir una segunda y una tercera valla a lo largo de esa parte de la frontera. [62]

Además de la valla de varias capas cerca de San Diego, California, la IIRAIRA asignó tecnología y fondos adicionales para la Patrulla Fronteriza. En esta asignación se incluyeron "aviones de ala fija, helicópteros, vehículos con tracción en las cuatro ruedas, sedanes, gafas de visión nocturna, visores de visión nocturna y unidades de sensores". [63] (sección 103). La IIRAIRA exigió que el número de agentes de patrulla fronteriza en servicio activo y a tiempo completo aumentara en al menos 1.000 "en cada uno de los años fiscales 1997, 1998, 1999, 2000 y 2001". [64] La IIRAIRA también financió un aumento de 300 efectivos de apoyo en cada uno de los años fiscales 1997, 1998, 1999, 2000 y 2001. [64] Estos nuevos agentes de patrulla fronteriza debían estar estacionados en zonas con altas proporciones de cruces ilegales, según las mediciones del año anterior. [64] Estas áreas se concentraron en gran medida en la frontera sur (frontera México-Estados Unidos). [65] [66]

La IIRAIRA destinó fondos para agentes y tecnología militarizada a "áreas de la frontera identificadas como zonas de alta entrada ilegal a los Estados Unidos con el fin de proporcionar una disuasión uniforme y visible a la entrada ilegal de forma continua". [67] Al hacerlo, la IIRAIRA asignó fondos consistentes que respaldaron una estrategia de control fronterizo conocida como " prevención a través de la disuasión ". La prevención a través de la disuasión se inició por primera vez a principios de la década de 1990 y tenía como objetivo reducir el número de migrantes que ingresaban sin autorización en áreas urbanas de alto tráfico. [65] [66] Según informes de la Oficina de Responsabilidad Gubernamental , la prevención a través de la disuasión aumentó el número de migrantes que murieron al cruzar a los Estados Unidos. [68] [65] Tales estrategias han sido criticadas por inconstitucionales y consideradas una violación de los derechos humanos. [69]

Restricciones a la educación superior

La IIRAIRA amplió las restricciones a los fondos federales para la educación postsecundaria que se habían promulgado inicialmente con la Ley de Reconciliación de Responsabilidad Personal y Oportunidades Laborales de 1996 (PRWORA, por sus siglas en inglés). La PRWORA negó la financiación federal para la educación postsecundaria a la mayoría de los grupos de no ciudadanos. La IIRAIRA amplió estas restricciones, aplicándolas a las decisiones de financiación a nivel estatal. [70] Según la IIRAIRA, los estados no pueden hacer que los inmigrantes indocumentados sean elegibles para los beneficios de la educación postsecundaria a menos que todos los ciudadanos y nacionales también sean elegibles, independientemente de su estado de residencia. Sin embargo, la IIRAIRA no define los beneficios de la educación postsecundaria como tasas de matrícula, que son los costos de matriculación. [70]

Varios estados han aprobado leyes de igualdad de matrículas que permiten a cualquier persona, independientemente de su estatus legal, solicitar matrícula estatal si cumple con los requisitos de elegibilidad del estado. [71] Los estados han superado estas restricciones basando la elegibilidad para la matrícula estatal en factores además de la residencia, como la asistencia a una escuela secundaria en el estado. Sin embargo, las tasas de matrícula que incluyen las tasas estudiantiles y los costos de matriculación no se definen como beneficios de educación postsecundaria. [72] Estas disposiciones permiten a cualquier persona, independientemente de su estatus migratorio o de ciudadanía, solicitar matrícula estatal si cumple con los requisitos de elegibilidad. [72] Al hacerlo, los estados han cumplido con los mandatos establecidos por IIRAIRA y PRWORA. [73]

Votación

La IIRAIRA convirtió en delito penal que un no ciudadano votara en una elección federal . [74] Esto, sin embargo, no se aplica a quienes han residido en los Estados Unidos como ciudadanos estadounidenses no ciudadanos o residentes permanentes mientras eran menores de 16 años, y ambos padres son ciudadanos estadounidenses. [75]

Impacto

Un artículo de 2018 concluyó que la Ley reducía las consecuencias para la salud y la salud mental de los inmigrantes indocumentados latinoamericanos en los Estados Unidos al aumentar su temor a ser deportados. [76]

Además, esta política ha sido criticada por el Journal on Migration and Human Security por imponer obstáculos abrumadores a los refugiados que buscan asilo en los Estados Unidos. Se argumenta que estos obstáculos, como la detención obligatoria y los plazos de solicitud, socavan las obligaciones que tiene Estados Unidos en virtud de los Protocolos de la Convención sobre Refugiados de 1967. [ 77] Además, un artículo publicado en el Journal on Migration and Human Security analizó una prueba de 2011 realizada por el Migration Policy Institute destinada a explorar las externalidades negativas que el programa 287(g) tenía en las comunidades del condado de Frederick, Maryland. La revista encontró que, después de registrar los arrestos realizados por la Oficina del Sheriff del condado de Frederick , había evidencia que apuntaba a la discriminación racial contra los hispanos en el área. [78] [79]

El alcance de la autoridad de la ley fue juzgado por la Corte Suprema de Estados Unidos en el fallo de 2022 Biden v. Texas (Eliminación de la política de "Permanecer en México"), que encontró en una decisión de 5 a 4 que el Presidente tenía la autoridad directa para regular los Protocolos de Protección a Migrantes de la ley sin la aprobación del Congreso. [80] [81]

Véase también

Notas y referencias

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  2. ^ División C de la Ley Pública.Tooltip Derecho público (Estados Unidos) 104–208 (texto) (PDF), 110  Stat.  3009-546, promulgada el 30 de septiembre de 1996
  3. ^ Este artículo se basa en su mayor parte en la legislación de los Estados Unidos , incluida la jurisprudencia estatutaria y la más reciente publicada .
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  15. ^ Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad de los Inmigrantes de 1996, Ley Pública 104-120. 110 Stat. 300-675-676 §231A(a)(3)(A), §231A (a)(3)(B)(i), §231A (a)(3)(B)(ii). (1996). (2) PERÍODO DE EJECUCIÓN.—Una declaración jurada de apoyo será ejecutable con respecto a los beneficios proporcionados a un extranjero antes de la fecha en que el extranjero se naturalice como ciudadano de los Estados Unidos o, si es anterior, la fecha de terminación provista en el párrafo (3). (3) Terminación del Período de Ejecución al Finalizar el Período de Empleo Requerido, ETC.— (A) EN GENERAL.—Una declaración jurada de apoyo no es ejecutable después de que el extranjero (i) haya trabajado 40 trimestres calificados de cobertura según se define en el título II de la Ley del Seguro Social o se le puedan acreditar dichos trimestres calificados según lo dispuesto en el subpárrafo (B), y (ii) en el caso de cualquier trimestre calificado acreditable para cualquier período que comience después del 31 de diciembre de 1996, no haya recibido ningún beneficio público federal sujeto a prueba de medios (según lo dispuesto en la sección 403 de la Ley de Reconciliación de Responsabilidad Personal y Oportunidades de Trabajo de 1996) durante dicho período. (B) TRIMESTRES CALIFICADOS.—Para los fines de esta sección, al determinar el número de trimestres calificados de cobertura bajo el título II de la Ley de Seguridad Social, a un extranjero se le acreditarán— (i) todos los trimestres calificados de cobertura según se define en el título II de la Ley de Seguridad Social trabajados por un padre de dicho extranjero mientras el extranjero era menor de 18 años, y (ii) todos los trimestres calificados trabajados por un cónyuge de dicho extranjero durante su matrimonio y el extranjero sigue casado con dicho cónyuge o dicho cónyuge ha fallecido. Ningún trimestre calificado de cobertura que sea acreditable bajo el título II de la Ley de Seguridad Social por cualquier período que comience después del 31 de diciembre de 1996, puede acreditarse a un extranjero bajo la cláusula (i) o (ii) si el padre o cónyuge (según sea el caso) de dicho extranjero recibió algún beneficio público federal sujeto a prueba de medios (según lo dispuesto en la sección 403 de la Ley de Reconciliación de Responsabilidad Personal y Oportunidades de Trabajo de 1996) durante el período para el cual se acredita dicho trimestre calificado de cobertura.
  16. ^ Ley de inmigración de 1990, Ley pública 101-649. 104 Stat. 4320-4321. (1990). https://www.govinfo.gov/link/statute/104/4978?link-type=pdf
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  18. ^ Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad de los Inmigrantes de 1996, Pub. L. 104-120, 110 Stat. 3009-627, 628 § 321(1996). Español: https://uscode.house.gov/view.xhtml?req=(title:8%20section:1373%20edition:prelim SEC. 321. DEFINICIÓN MODIFICADA DE DELITO GRAVE AGRAVADO. (a) EN GENERAL.—La sección 101(a)(43) (8 USC 1101(a)(43)), enmendada por la sección 441(e) de la Ley Antiterrorista y de Pena de Muerte Efectiva de 1996 (PL 104–132), se modifica— [...](10) en el subpárrafo (R), eliminando por el cual se puede imponer una sentencia de 5 años de prisión o más e insertando por el cual el período de prisión es de al menos un año [énfasis añadido]
  19. ^ de American Immigration Council (2021). "Delitos graves: una descripción general" (PDF) . Archivado (PDF) del original el 3 de marzo de 2022.
  20. ^ "8 US Code § 1228 - Deportación acelerada de extranjeros condenados por cometer delitos graves". LII / Instituto de Información Legal . Consultado el 12 de mayo de 2022 . 8 US Code § 1228: Deportación acelerada de extranjeros condenados por cometer delitos graves - (c) Presunción de deportabilidad: Se presumirá de manera concluyente que un extranjero condenado por un delito grave es deportable de los Estados Unidos
  21. ^ "8 US Code § 1228 - Deportación acelerada de extranjeros condenados por cometer delitos graves". LII / Instituto de Información Legal . Consultado el 12 de mayo de 2022 .8 US Code § 1228 Deportación acelerada de extranjeros condenados por cometer delitos graves agravados (3)Procedimientos acelerados (A)Sin perjuicio de cualquier otra disposición de la ley, el Procurador General dispondrá el inicio y, en la medida de lo posible, la finalización de los procedimientos de deportación, y cualquier apelación administrativa al respecto, en el caso de cualquier extranjero condenado por un delito grave agravado antes de su liberación de la prisión por el delito grave subyacente. (B)Nada de lo dispuesto en esta sección se interpretará como que exige que el Procurador General efectúe la deportación de cualquier extranjero sentenciado a una pena de prisión efectiva, antes de su liberación de la penitenciaría o institución correccional donde se encuentre confinado.
  22. ^ ab Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad de los Inmigrantes de 1996, Pub. L. 104-120, 110 STAT. 3009-589, 590 §240(b)(4). (1996). Sec. 240(b)(4) DERECHOS DE LOS EXTRANJEROS EN LOS PROCEDIMIENTOS.—En los procedimientos bajo esta sección, bajo los reglamentos del Procurador General— (A) el extranjero tendrá el privilegio de ser representado, sin costo para el Gobierno, por un abogado de su elección que esté autorizado para ejercer en tales procedimientos, (B) el extranjero tendrá una oportunidad razonable de examinar la evidencia en su contra, de presentar evidencia a su propio favor y de contrainterrogar a los testigos presentados por el Gobierno, pero estos derechos no darán derecho al extranjero a examinar la información de seguridad nacional que el Gobierno pueda presentar en oposición a la admisión del extranjero a los Estados Unidos o a una solicitud del extranjero para un alivio discrecional bajo esta Ley, y (C) se mantendrá un registro completo de todo testimonio y evidencia producidos en el procedimiento.
  23. ^ ab Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (2015). Curso de capacitación para funcionarios de la división de asilo sobre suspensión de la deportación y cancelación de la regla especial de expulsión según NACARA. https://www.uscis.gov/sites/default/files/document/lesson-plans/ABC_NACARA_Asylum_Lesson_Plan.pdf
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  26. ^ Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad de los Inmigrantes de 1996, Ley Pública 104-120, 110 STAT. 3009-587-588 §239 (a). (1996). SEC. 304. Procedimientos de deportación; Cancelación de la deportación y ajuste de estatus; Salida voluntaria (Secciones revisadas y nuevas 239 a 240c). SEC. 239. (a) AVISO DE COMPARECENCIA.— (1) EN GENERAL.—En los procedimientos de deportación conforme a la sección 240, se deberá entregar en persona un aviso escrito (en esta sección denominado aviso de comparecencia ) al extranjero (o, si no es posible la notificación personal, mediante notificación por correo al extranjero o al abogado del extranjero que figure en los registros, si lo hubiera) que especifique lo siguiente: (A) La naturaleza de los procedimientos contra el extranjero. (B) La autoridad legal bajo la cual se llevan a cabo los procedimientos. (C) Los actos o conductas que se alega violan la ley. (D) Los cargos contra el extranjero y las disposiciones legales que se alega han sido violadas. (E) El extranjero puede estar representado por un abogado y se le proporcionará (i) un período de tiempo para conseguir un abogado conforme al inciso (b)(1) y (ii) una lista actualizada de abogados preparada conforme al inciso (b)(2). (F)(i) El requisito de que el extranjero debe proporcionar inmediatamente (o haber proporcionado) al Fiscal General un registro escrito de una dirección y un número de teléfono (si lo hubiera) en el que se pueda contactar al extranjero con respecto a los procedimientos conforme al artículo 240. [énfasis añadido]
  27. ^ Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad de los Inmigrantes de 1996, Pub. L. 104-120, 110 STAT. 3009-589, 590 §240(b). (1996). SEC. 240. (a) PROCEDIMIENTO.— (1) EN GENERAL.—Un juez de inmigración llevará a cabo procedimientos para decidir la inadmisibilidad o deportabilidad de un extranjero.
  28. ^ Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad de los Inmigrantes de 1996, Ley Pública 104-120, 110 STAT. 3009-589, 590 §240(b)(1). (1996). Sec. 240 (b) Conducta del procedimiento.— (1) AUTORIDAD DEL JUEZ DE INMIGRACIÓN.—El juez de inmigración tomará juramentos, recibirá pruebas e interrogará, examinará y contrainterrogará al extranjero y a cualquier testigo. El juez de inmigración podrá emitir citaciones para la comparecencia de testigos y la presentación de pruebas. El juez de inmigración tendrá autoridad (conforme a las normas prescritas por el Procurador General) para sancionar con una multa civil monetaria cualquier acción (o inacción) en desacato al ejercicio adecuado de la autoridad del juez conforme a esta Ley.
  29. ^ Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad de los Inmigrantes de 1996, Ley Pública 104-120, 110 STAT. 3009-589, 590 §240(b)(1)(B). (1996). https://uscode.house.gov/view.xhtml?req=(title:8%20section:1373%20edition:prelim
  30. ^ Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad de los Inmigrantes de 1996, Ley Pública 104-120, 110 STAT. 3009–598 §241(a)(1)(A). (1996). SEC. 241. (a) Detención, liberación y expulsión de extranjeros cuya deportación se haya ordenado. (1) PERÍODO DE DEPÓSITO.— (A) EN GENERAL.—Salvo que se disponga lo contrario en esta sección, cuando se ordene la deportación de un extranjero, el Procurador General deberá expulsar al extranjero de los Estados Unidos en un plazo de 90 días (en esta sección denominado "período de deportación").
  31. ^ Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad de los Inmigrantes de 1996, Ley Pública 104-120, 110 STAT. 3009–598 §241(a)(1)(B)(i), §241(a)(1)(B)(ii), §241(a)(1)(B)(iii). (1996). SEC. 241. (a) Detención, liberación y expulsión de extranjeros cuya expulsión se ordenó. (B) COMIENZO DEL PERÍODO.—El período de expulsión comienza en la última de las siguientes fechas: (i) La fecha en que la orden de expulsión se vuelve administrativamente definitiva. (ii) Si la orden de expulsión es revisada judicialmente y si un tribunal ordena la suspensión de la expulsión del extranjero, la fecha de la orden definitiva del tribunal. (iii) Si el extranjero está detenido o confinado (excepto en virtud de un proceso de inmigración), la fecha en que el extranjero es liberado de la detención o confinamiento.
  32. ^ Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad de los Inmigrantes de 1996, Ley Pública 104-120, 110 Stat. 3009-593 §240(c)(5)(A), §240(c)(5)(B)(1996). (5) MOCIONES PARA RECONSIDERAR.— (A) EN GENERAL.—El extranjero puede presentar una moción para reconsiderar una decisión de que el extranjero puede ser deportado de los Estados Unidos. (B) FECHA LÍMITE.—La moción debe presentarse dentro de los 30 días a partir de la fecha de entrada en vigor de una orden administrativa final de deportación. (C) CONTENIDO.—La moción deberá especificar los errores de derecho o de hecho en la orden anterior y deberá estar respaldada por la autoridad pertinente.
  33. ^ Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad de los Inmigrantes de 1996, Ley Pública 104-120, 110 Stat. 3009-593 §240(c)(6)(A), §240(c)(6)(B) (1996). (6) MOCIONES PARA REABRIR.— (A) EN GENERAL.—Un extranjero puede presentar una moción para reabrir los procedimientos bajo esta sección. (B) CONTENIDO.—La moción para reabrir deberá indicar los nuevos hechos que se probarán en una audiencia que se llevará a cabo si se concede la moción, y deberá estar respaldada por declaraciones juradas u otro material probatorio. (C) FECHA LÍMITE.— (i) EN GENERAL.—Excepto lo dispuesto en este subpárrafo, la moción para reabrir deberá presentarse dentro de los 90 días a partir de la fecha de entrada de una orden administrativa final de deportación.
  34. ^ abc Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (2015). Curso de capacitación para oficiales de la división de asilo, suspensión de la deportación y cancelación de la regla especial de la deportación en virtud de NACARA. Español: https://www.uscis.gov/sites/default/files/document/lesson-plans/ABC_NACARA_Asylum_Lesson_Plan.pdf "Antes de la promulgación de la Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad del Inmigrante de 1996 (IIRIRA), las personas en procedimientos de deportación podían solicitar la suspensión de la deportación bajo la sección 244(a) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA). Sección 244(a)(1) de la INA anterior a la IIRIRA. Bajo la sección 244(a) de la INA, el Fiscal General podía ejercer discreción para otorgar la suspensión de la deportación a una persona que estableciera siete años de presencia física continua en los EE. UU., buen carácter moral durante ese período y que la deportación resultaría en dificultades extremas para la persona o para su cónyuge, padre o hijo que fuera ciudadano estadounidense o residente permanente legal. Por reglamento, esta autoridad fue delegada a la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR). Sección 244(a)(2) de la INA anterior a la IIRIRA. En algunas circunstancias (por ejemplo, cuando la persona era condenada por un delito determinado), se exigía que la persona cumpliera con un estándar más alto y demostrara, entre otras cosas, 10 años de presencia física continua y que la deportación resultaría en "dificultades excepcionales y extremadamente inusuales". Sección 244(a) de la INA anterior a la IIRIRA. Cuando a una persona se le concede la suspensión de la deportación, su estatus se ajusta al de residente permanente legal" (p.2).
  35. ^ Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad de los Inmigrantes de 1996, Ley Pública 104-120.110 STAT. 3009–596 §240A(e). (1996). Sec. 240A. Cancelación de la Deportación (e) LIMITACIÓN ANUAL.—El Procurador General no puede cancelar la deportación y ajustar el estatus bajo esta sección, ni suspender la deportación y ajustar el estatus bajo la sección 244(a) (en vigencia antes de la promulgación de la Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad de los Inmigrantes de 1996), de un total de más de 4,000 extranjeros en cualquier año fiscal. La oración anterior se aplicará independientemente de cuándo un extranjero solicitó dicha cancelación y ajuste y si dicho extranjero había solicitado previamente la suspensión de la deportación bajo dicha sección 244(a).
  36. ^ Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (2015). Curso de capacitación para oficiales de la división de asilo sobre suspensión de la deportación y cancelación de la regla especial de la expulsión según NACARA. https://www.uscis.gov/sites/default/files/document/lesson-plans/ABC_NACARA_Asylum_Lesson_Plan.pdf Página 2-3 "IIRIRA restringió drásticamente la disponibilidad de la suspensión de la deportación, ahora llamada cancelación de la expulsión, de las siguientes maneras: 1. Alargó el tiempo requerido para la presencia física continua en los EE. UU. Una persona debe demostrar presencia física continua en los Estados Unidos durante 10 años para ser elegible para la cancelación de la expulsión".
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  38. ^ Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad de los Inmigrantes de 1996, Pub. L. 104-120.110 STAT. 3009–594 §240A(b) (1996). Sec. 240A. Cancelación de la Deportación; Ajuste de Estatus. (b) Cancelación de la Deportación y Ajuste de Estatus para Ciertos Residentes Permanentes. (1) EN GENERAL.—El Procurador General puede cancelar la deportación en el caso de un extranjero que sea inadmisible o deportable de los Estados Unidos si el extranjero— (A) ha estado físicamente presente en los Estados Unidos por un período continuo de no menos de 10 años inmediatamente anteriores a la fecha de dicha solicitud; (B) ha sido una persona de buen carácter moral durante dicho período; (C) no ha sido condenado por un delito bajo la sección 212(a)(2), 237(a)(2), o 237(a)(3); y (D) establece que la deportación daría lugar a dificultades excepcionales y extremadamente inusuales para el cónyuge, padre o hijo del extranjero, que sea ciudadano de los Estados Unidos o un extranjero admitido legalmente para la residencia permanente.
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  41. ^ Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad de los Inmigrantes de 1996, Pub. L. 104-120.110 STAT. 3009–580 § 235(b)(1) (1996). (1) INSPECCIÓN DE EXTRANJEROS QUE LLEGAN A LOS ESTADOS UNIDOS Y DETERMINADOS OTROS EXTRANJEROS QUE NO HAN SIDO ADMITIDOS O LIBERADOS CONDICIONALMENTE.— (A) EXAMEN.— (i) EN GENERAL.—Si un funcionario de inmigración determina que un extranjero (que no sea un extranjero descrito en el subpárrafo (F)) que está llegando a los Estados Unidos o está descrito en la cláusula (iii) es inadmisible bajo la sección 212(a)(6)(C) o 212(a)(7), el funcionario ordenará que el extranjero sea expulsado de los Estados Unidos sin más audiencia o revisión a menos que el extranjero indique una intención de solicitar asilo bajo la sección 208 o un temor de persecución. (ii) SOLICITUDES DE ASILO.—Si un funcionario de inmigración determina que un extranjero (que no sea un extranjero descrito en el subpárrafo (F)) que está llegando a los Estados Unidos o está descrito en la cláusula (iii) es inadmisible bajo la sección 212(a)(6)(C) o 212(a)(7) y el extranjero indica ya sea una intención de solicitar asilo bajo la sección 208 o un temor de persecución, el funcionario remitirá al extranjero para una entrevista con un funcionario de asilo bajo el subpárrafo (B).
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  43. ^ abcd "8 US Code § 1228 - Deportación acelerada de extranjeros condenados por cometer delitos graves". LII / Instituto de Información Legal . Consultado el 12 de mayo de 2022 . (5) Orden judicial de deportación estipulada: El Fiscal de los Estados Unidos, con el consentimiento del Comisionado, puede, de conformidad con la Regla Federal de Procedimiento Penal 11, celebrar un acuerdo de culpabilidad que exija que el extranjero, que es deportable según este capítulo, renuncie al derecho a notificación y audiencia según esta sección, y estipule la entrada en vigor de una orden judicial de deportación de los Estados Unidos como condición del acuerdo de culpabilidad o como condición de la libertad condicional o la libertad supervisada, o ambas. El tribunal de distrito de los Estados Unidos, tanto en casos de delitos graves como de delitos menores, y un magistrado de los Estados Unidos en casos de delitos menores, pueden aceptar dicha estipulación y tendrán jurisdicción para dictar una orden judicial de deportación de conformidad con los términos de dicha estipulación.
  44. ^ abc Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad de los Inmigrantes de 1996, Ley Pública 104-120. 110 Stat. 3009-599 §241(a)(5).(1996). (5) RESTABLECIMIENTO DE ÓRDENES DE DEPÓSITO CONTRA EXTRANJEROS QUE REINGRESAN ILEGALMENTE.—Si el Procurador General determina que un extranjero ha reingresado a los Estados Unidos ilegalmente después de haber sido expulsado o haber salido voluntariamente, en virtud de una orden de deportación, la orden de deportación anterior se restablece a partir de su fecha original y no está sujeta a reapertura o revisión, el extranjero no es elegible y no puede solicitar ningún alivio en virtud de esta Ley, y el extranjero será expulsado en virtud de la orden anterior en cualquier momento después del reingreso.
  45. ^ abc Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad de los Inmigrantes de 1996, Ley Pública 104-120. 110 STAT. 3009–585 §303 (1996). SEC. 236. (a) ARRESTO, DETENCIÓN Y LIBERACIÓN.—Mediante una orden emitida por el Procurador General, un extranjero puede ser arrestado y detenido en espera de una decisión sobre si el extranjero debe ser expulsado de los Estados Unidos. Excepto según lo dispuesto en la subsección (c) y en espera de dicha decisión, el Procurador General— (1) puede continuar deteniendo al extranjero arrestado; y (2) puede liberar al extranjero bajo— (A) fianza de al menos $1,500 con garantía aprobada por, y que contenga las condiciones prescritas por, el Procurador General; o (B) libertad condicional; pero (3) no puede proporcionar al extranjero una autorización de trabajo (incluyendo una autorización de empleo u otro permiso de trabajo apropiado), a menos que el extranjero sea admitido legalmente para la residencia permanente o de otra manera (sin tener en cuenta los procedimientos de deportación) se le proporcione dicha autorización.
  46. ^ Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad de los Inmigrantes de 1996, Pub. L. 104-120. 110 STAT. 3009–585 §303(c). (1996). (c) DETENCIÓN DE EXTRANJEROS DELINCUENTES.— (1) CUSTODIA.—El Procurador General tomará bajo custodia a cualquier extranjero que— (A) sea inadmisible por haber cometido cualquier delito contemplado en la sección 212(a)(2), (B) sea deportable por haber cometido cualquier delito contemplado en la sección 237(a)(2)(A)(ii), (A)(iii), (B), (C), o (D), (C) sea deportable bajo la sección 237(a)(2)(A)(i) sobre la base de un delito por el cual el extranjero haya sido sentenciado a una pena de prisión de al menos 1 año, o (D) sea inadmisible bajo la sección 212(a)(3)(B) o deportable bajo la sección 237(a)(4)(B), cuando el extranjero sea liberado, sin tener en cuenta si el extranjero es liberado bajo libertad condicional, libertad supervisada o libertad condicional, y sin tener en cuenta si el extranjero puede ser arrestado o encarcelado nuevamente por el mismo delito.
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  48. ^ Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad de los Inmigrantes de 1996, Ley Pública 104-120. 110 STAT. 3009–599 §241(a)(6) (1996). SEC. 241. (a) DETENCIÓN, LIBERACIÓN Y REMOCIÓN DE EXTRANJEROS QUE SE ORDENA REMOCIÓN.— (6) EXTRANJEROS INADMISIBLES O CRIMINALES.—Un extranjero cuya orden de remoción sea inadmisible bajo la sección 212, removible bajo la sección 237(a)(1)(C), 237(a)(2), o 237(a)(4) o que haya sido determinado por el Fiscal General como un riesgo para la comunidad o que es poco probable que cumpla con la orden de remoción, puede ser detenido más allá del período de remoción y, si es liberado, estará sujeto a los términos de supervisión en el párrafo (3).
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  51. ^ Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad de los Inmigrantes de 1996, Pub. L. 104-120.110 STAT. 3009–576 §301(B). (1996). (B) EXTRANJEROS PRESENTES ILEGALES.— (i) EN GENERAL.—Cualquier extranjero (que no sea un extranjero admitido legalmente para residencia permanente) que— (I) estuvo presente ilegalmente en los Estados Unidos por un período de más de 180 días pero menos de 1 año, salió voluntariamente de los Estados Unidos (ya sea de conformidad con la sección 244(e) o no) antes del comienzo de los procedimientos bajo la sección 235(b)(1) o la sección 240, y nuevamente busca admisión dentro de los 3 años a partir de la fecha de la salida o remoción de dicho extranjero, o (II) ha estado presente ilegalmente en los Estados Unidos por un año o más, y nuevamente busca admisión dentro de los 10 años a partir de la fecha de la salida o remoción de dicho extranjero de los Estados Unidos, es inadmisible.
  52. ^ abc Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad de los Inmigrantes de 1996, Pub. L. 104-120.110 STAT. 3009–576 §301(b) (1996). (1) EN GENERAL.—La sección 212(a) (8 USC 1182(a)) se enmienda mediante la designación del párrafo (9) como párrafo (10) y la inserción después del párrafo (8) del siguiente nuevo párrafo: (9) EXTRANJEROS PREVIAMENTE DEPURADOS.— (A) CIERTOS EXTRANJEROS PREVIAMENTE DEPURADOS.— (i) EXTRANJEROS QUE LLEGAN.—Cualquier extranjero al que se haya ordenado la deportación conforme a la sección 235(b)(1) o al final de los procedimientos conforme a la sección 240 iniciados a la llegada del extranjero a los Estados Unidos y que nuevamente solicite la admisión dentro de los 5 años a partir de la fecha de dicha deportación (o dentro de los 20 años en el caso de una segunda o posterior deportación o en cualquier momento en el caso de un extranjero condenado por un delito grave agravado) es inadmisible. (ii) OTROS EXTRANJEROS.—Cualquier extranjero no descrito en la cláusula (i) que— (I) haya recibido una orden de deportación conforme a la sección 240 o cualquier otra disposición de la ley, o (II) haya salido de los Estados Unidos mientras una orden de deportación estaba pendiente, y que busque admisión dentro de los 10 años a partir de la fecha de la partida o deportación de dicho extranjero (o dentro de los 20 años a partir de dicha fecha en el caso de una segunda o posterior deportación o en cualquier momento en el caso de un extranjero condenado por un delito grave agravado) es inadmisible.
  53. ^ ab Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad de los Inmigrantes de 1996, Ley Pública 104-120. 110 STAT. 3009–563 §133 (1996). SEC. 133. ACEPTACIÓN DE SERVICIOS ESTATALES PARA LLEVAR A CABO LA APLICACIÓN DE LAS LEYES DE INMIGRACIÓN. Español La Sección 287 (8 USC 1357) se enmienda agregando al final lo siguiente: (g)(1) No obstante lo dispuesto en la Sección 1342 del Título 31 del Código de los Estados Unidos, el Procurador General puede celebrar un acuerdo escrito con un Estado o cualquier subdivisión política de un Estado, en virtud del cual un funcionario o empleado del Estado o subdivisión, que el Procurador General determine que está calificado para realizar una función de funcionario de inmigración en relación con la investigación, aprehensión o detención de extranjeros en los Estados Unidos (incluido el transporte de dichos extranjeros a través de las fronteras estatales a centros de detención), puede llevar a cabo dicha función a expensas del Estado o la subdivisión política y en la medida que sea compatible con la ley estatal y local. (2) Un acuerdo conforme a esta subsección requerirá que un funcionario o empleado de un Estado o subdivisión política de un Estado que desempeñe una función conforme al acuerdo tenga conocimiento de, y adhiera a, la ley federal relacionada con la función, y contenga una certificación escrita de que los funcionarios o empleados que desempeñen la función conforme al acuerdo han recibido capacitación adecuada con respecto a la aplicación de las leyes federales de inmigración pertinentes. (3) Al desempeñar una función conforme a esta subsección, un funcionario o empleado de un Estado o subdivisión política de un Estado estará sujeto a la dirección y supervisión del Procurador General. (4) Al desempeñar una función conforme a esta subsección, un funcionario o empleado de un Estado o subdivisión política de un Estado puede usar propiedad o instalaciones federales, según lo dispuesto en un acuerdo escrito entre el Procurador General y el Estado o subdivisión. (5) Con respecto a cada funcionario o empleado de un Estado o subdivisión política que esté autorizado a realizar una función bajo esta subsección, los poderes y deberes específicos que pueden ser, o están requeridos a ser, ejercidos o realizados por el individuo, la duración de la autoridad del individuo y la posición de la agencia del Procurador General que está requerida a supervisar y dirigir al individuo, se establecerán en un acuerdo escrito entre el Procurador General y el Estado o subdivisión política.
  54. ^ "ARIZONA v. ESTADOS UNIDOS". LII / Instituto de Información Legal . Consultado el 12 de mayo de 2022 . Entre otras cosas, la ley federal especifica las categorías de extranjeros que no son elegibles para ser admitidos en los Estados Unidos, 8 USC §1182; exige que los extranjeros se registren en el Gobierno Federal y lleven consigo una prueba de su estatus, §§1304(e), 1306(a); impone sanciones a los empleadores que contraten a trabajadores no autorizados, §1324a; y especifica qué extranjeros pueden ser expulsados ​​y los procedimientos para hacerlo, véase §1227. La expulsión es un asunto civil y una de sus principales características es la amplia discreción que ejercen los funcionarios de inmigración, que deben decidir si se procede a la expulsión. El Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE), una agencia dentro del Departamento de Seguridad Nacional, es responsable de identificar, detener y expulsar a los extranjeros ilegales.
  55. ^ "Fong Yue Ting v. United States, 149 US 698 (1893)". Justia Law . Consultado el 12 de mayo de 2022 . En los Estados Unidos, el poder de excluir o expulsar a los extranjeros está conferido a los departamentos políticos del Gobierno nacional y debe ser regulado por tratado o por ley del Congreso, y ejecutado por la autoridad ejecutiva de acuerdo con las regulaciones así establecidas, excepto en la medida en que el Departamento Judicial esté autorizado por tratado o por estatuto, o sea requerido por la Constitución, para intervenir. El poder del Congreso para expulsar, al igual que el poder para excluir, a los extranjeros, o a cualquier clase específica de extranjeros, del país, puede ejercerse enteramente a través de funcionarios ejecutivos; o el Congreso puede solicitar la ayuda del Poder Judicial para determinar cualquier hecho controvertido del que el Congreso haya hecho depender el derecho de un extranjero a permanecer en el país.
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  63. ^ Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad de los Inmigrantes de 1996, Ley Pública 104-120. 110 STAT. 3009–555 §103, (1996). "SEC. 103. EQUIPO Y TECNOLOGÍA MEJORADOS PARA LA FRONTERA. El Procurador General está autorizado a adquirir y utilizar, con el propósito de detectar, interceptar y reducir la inmigración ilegal a los Estados Unidos, cualquier equipo federal (incluidos aviones de ala fija, helicópteros, vehículos con tracción en las cuatro ruedas, sedanes, gafas de visión nocturna, visores de visión nocturna y unidades de sensores) que se determine que está disponible para su transferencia por cualquier otra agencia del Gobierno Federal a pedido del Procurador General".
  64. ^ abc Ley de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad de los Inmigrantes de 1996, Pub. L. 104-120. 110 STAT. 3009–553, 554 §101(1996). "SEC. 101. AGENTES DE LA PATRULLA FRONTERIZA Y PERSONAL DE APOYO. (a) AUMENTO DEL NÚMERO DE AGENTES DE LA PATRULLA FRONTERIZA.—El Procurador General, en cada uno de los años fiscales 1997, 1998, 1999, 2000 y 2001, aumentará en no menos de 1,000 el número de puestos para agentes de patrulla fronteriza de tiempo completo y en servicio activo dentro del Servicio de Inmigración y Naturalización por encima del número de dichos puestos para los cuales se asignaron fondos para el año fiscal anterior. (b) AUMENTO DEL PERSONAL DE APOYO DE LA PATRULLA FRONTERIZA.—El Procurador General, en cada uno de los años fiscales 1997, 1998, 1999, 2000 y 2001, podrá aumentar en 300 el número de puestos para personal de apoyo a los agentes de patrulla fronteriza por encima del número de dichos puestos para los cuales se asignaron fondos para el año fiscal anterior. (c) DESPLIEGUE DE AGENTES DE LA PATRULLA FRONTERIZA.—El Procurador General garantizará, en la máxima medida posible, que se desplieguen agentes de patrulla fronteriza adicionales entre los sectores del Servicio de Inmigración y Naturalización a lo largo de la frontera en proporción al nivel de cruce ilegal de las fronteras de los Estados Unidos medido en cada sector durante el año fiscal anterior y razonablemente anticipado en el próximo año fiscal."
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